Disposiciones de pólizas de casualidad — preguntas de práctica

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El deber de defender, los límites y pagos suplementarios, las cláusulas de otro seguro y los estatutos de Florida que se imponen sobre la póliza impresa — unas 13 de las 160 preguntas calificadas. En cada pregunta fíjese si el dinero sale del límite o se paga por encima de él.

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Práctica: Disposiciones de pólizas de casualidad

13 preguntas gratis de este dominio, con explicación y fuente citada en cada respuesta. Al ritmo del examen real.

13 preguntas

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Vea la respuesta y la explicación justo después de cada pregunta.

Preguntas y respuestas explicadas

Las 10 preguntas de arriba, con la respuesta correcta y por qué lo es. Todo sobre disposiciones de pólizas de casualidad.

  1. Una demanda contra un asegurado de responsabilidad civil general comercial en Florida plantea dos pretensiones derivadas del mismo incidente: supervisión negligente, potencialmente cubierta, y agresión intencional, excluida. La aseguradora está convencida de que la pretensión por agresión es el reclamo verdadero y de que en definitiva no deberá pagar nada. ¿Qué debe hacer la aseguradora?

    • ADefender la demanda en su totalidad, porque al menos una de las pretensiones podría quedar dentro de la coberturaCorrecta
    • BRechazar la defensa de plano, porque la alegación predominante está excluida
    • CDefender únicamente la pretensión por supervisión negligente y facturar al asegurado la defensa de la agresión
    • DPagar al abogado que elija el asegurado, pero no intervenir en la dirección de la defensa

    Por qué: Conforme a la llamada regla de las ocho esquinas (eight corners rule) de Florida, el deber de defender se determina comparando las alegaciones contenidas en la demanda con el texto de la póliza, sin atender a la opinión de la aseguradora sobre los hechos reales. Si cualquiera de las pretensiones pudiera siquiera potencialmente estar cubierta, la aseguradora debe defender la acción íntegra, y las dudas se resuelven a favor del asegurado. Por eso el deber de defender es más amplio que el de indemnizar: la aseguradora puede acabar debiendo la defensa completa y ninguna indemnización. Sus vías correctas son la reserva de derechos de la sección 627.426 de los Estatutos de Florida y la acción de sentencia declaratoria, no la negativa a comparecer, que arriesga perder el control de la defensa y quedar expuesta a un reclamo por mala fe.

    Referencia ISO CG 00 01, Section I — Coverage A, 1.a (right and duty to defend); Florida 'eight corners' rule (common law)

  2. Un jurado dicta una sentencia de $1,500,000 contra un asegurado de responsabilidad civil general comercial cuyo límite por siniestro es de $1,000,000. La aseguradora apela sin éxito y los intereses se devengan sobre la sentencia mientras la apelación está pendiente. ¿Qué afirmación sobre los intereses conforme a la cláusula de Pagos Suplementarios es correcta?

    • ALa aseguradora paga los intereses posteriores a la sentencia sobre la totalidad de los $1,500,000, en adición a su límite de $1,000,000Correcta
    • BLa aseguradora paga intereses solo sobre el $1,000,000 comprendido en su límite, y esos intereses lo consumen
    • CLa aseguradora no debe intereses, porque los intereses no son un pago suplementario
    • DLos intereses corresponden al asegurado, porque nacen de la porción que excede el límite

    Por qué: La cláusula de Pagos Suplementarios obliga a la aseguradora a pagar la totalidad de los intereses sobre el importe íntegro de cualquier sentencia que se devenguen después de dictarse y antes de que la aseguradora haya pagado, ofrecido pagar o consignado en el tribunal la parte de la sentencia comprendida en su límite, y ello en adición al límite. Ante un veredicto que excede la cobertura, se trata de una exposición real y sin tope, y es una de las razones por las que la aseguradora sopesa con cuidado una apelación. Obsérvese el corte que incorpora el propio texto: una vez que la aseguradora consigna u ofrece su límite, los intereses posteriores a la sentencia dejan de correr a su cargo. Hay que distinguirlos de los intereses previos a la sentencia, que también son pago suplementario pero solo se deben sobre los daños que la aseguradora paga, no sobre las sumas que exceden el límite.

    Referencia ISO CG 00 01 — Supplementary Payments, Coverages A and B

  3. Una empresa de transporte por carretera en Florida tiene una póliza de responsabilidad civil de $2,000,000 sujeta a una retención autoasegurada de $250,000. Se presenta contra ella un reclamo de $600,000. ¿Qué afirmación describe mejor la diferencia entre esa retención autoasegurada y un deducible de $250,000 en la misma póliza?

    • ANo hay diferencia práctica; cada uno describe sencillamente la porción de toda pérdida cubierta que el asegurado asume desde el primer dólar
    • BEl asegurado paga y administra los reclamos dentro de la retención; los deberes de la aseguradora, incluida la defensa, se activan por encima de ellaCorrecta
    • CCon una retención autoasegurada la aseguradora paga los $600,000 íntegros y luego factura los $250,000 al asegurado, mientras que el deducible lo paga el asegurado directamente al reclamante
    • DUna retención autoasegurada reduce el límite disponible de la póliza a $1,750,000, mientras que un deducible no afecta en absoluto al límite

    Por qué: La distinción real está en quién se sitúa en primera línea frente al reclamo. Con una retención autoasegurada, el asegurado retiene y por lo general administra las pérdidas comprendidas en la retención, y los deberes de la aseguradora —de forma decisiva, el deber de defender— suelen activarse solo una vez satisfecha la retención; esta se sitúa por debajo de la póliza y el límite opera por encima de ella. Con un deducible, el deber de defender de la aseguradora nace desde el primer dólar: ajusta y paga al reclamante y después recupera el deducible del asegurado, de modo que es la aseguradora, y no el reclamante, quien asume el riesgo de crédito si el asegurado no puede pagar. La opción C invierte ambos conceptos. Dado que los detalles varían según el contrato, conviene verificar siempre en el texto concreto si los gastos de defensa consumen la retención y si la aseguradora desciende de nivel en caso de insolvencia del asegurado.

    Referencia General P&C concept — self-insured retention vs deductible

  4. Una peatona lesionada por una camioneta de reparto quiere demandar a la aseguradora de responsabilidad civil del propietario del vehículo en la misma demanda en que plantea su pretensión por negligencia contra el propietario. Conforme al derecho de Florida, ¿puede hacerlo?

    • ANo: primero debe obtener un acuerdo o un veredicto contra una persona que sea aseguradaCorrecta
    • BSí: Florida es un estado de acción directa y permite demandar a la aseguradora en cualquier momento
    • CSí, siempre que presente antes un aviso de recurso civil ante el Departamento de Servicios Financieros y espere 60 días
    • DNo, y nunca podrá dirigirse directamente contra la aseguradora; debe cobrar la sentencia personalmente al asegurado

    Por qué: La sección 627.4136 de los Estatutos de Florida, el estatuto de no acumulación, establece como condición previa al nacimiento o mantenimiento de una acción contra una aseguradora de responsabilidad civil por parte de quien no es asegurado que el reclamante obtenga primero un acuerdo o un veredicto contra una persona que sí lo sea. Una vez dictada la sentencia o alcanzado el acuerdo durante el litigio, la aseguradora puede ser traída al proceso como parte demandada a los efectos de dictar sentencia definitiva o de hacer cumplir el acuerdo, de modo que sí resulta alcanzable, solo que no desde el inicio. Corresponde añadir una excepción a esta regla: conforme a la sección 627.4136(4), la aseguradora NO puede ser traída al proceso en ese momento si denegó la cobertura al amparo de la sección 627.426(2) o si defendió bajo reserva de derechos conforme a esa misma sección, el estatuto de administración de reclamos que se examina en la pregunta anterior. En tal caso la vía del reclamante es una acción separada y no la acumulación. Ello descarta tanto la opción B, que describe un estado de acción directa que Florida no es, como la D, que exagera la prohibición. La opción C mezcla el aviso de recurso civil de la sección 624.155, que es la puerta de entrada a una acción por mala fe y no una vía para incorporar a la aseguradora al pleito de responsabilidad subyacente.

    Referencia s. 627.4136(1) and (4), F.S.

  5. Una póliza CGL muestra un Límite de Lesión Personal y por Publicidad de $1,000,000 y un Límite Agregado General de $2,000,000. El asegurado difamó a un mismo competidor en tres anuncios distintos durante el año de vigencia, y ese competidor obtiene $1,400,000. ¿Cuánto paga la Cobertura B?

    • A$1,400,000, ya que los tres anuncios son tres ofensas distintas dentro del agregado
    • B$1,000,000 por cada anuncio, con tope en el Agregado General de $2,000,000 del año
    • C$1,400,000, porque los daños de la Cobertura B solo están limitados por el Agregado General
    • D$1,000,000, lo máximo pagadero por toda esa lesión a una sola persona u organizaciónCorrecta

    Por qué: El párrafo 4 de la Sección III limita la Cobertura B al Límite de Lesión Personal y por Publicidad para la suma de todos los daños por toda lesión personal y por publicidad sufrida por una sola persona u organización. El número de ofensas no importa si el perjudicado es la misma organización. La opción A es el casi acierto de quien cuenta ofensas en vez de víctimas; el agregado del párrafo 2 está por encima de este límite, no lo eleva.

    Referencia ISO CG 00 01 04 13, Section III — Limits Of Insurance, para. 4

  6. Una CGL nombra asegurada a una corporación, y su vicepresidenta es asegurada respecto a sus deberes como directiva. Un cliente lesionado en el local demanda a la corporación y a la vicepresidenta por daños corporales. El asegurador alega que una exclusión que derrota la cobertura de la corporación también derrota la de ella. ¿Qué hace la condición de Separación de Asegurados?

    • ALe da a cada asegurado sus propios límites, así que la directiva tiene un segundo límite por ocurrencia
    • BLa cobertura se lee por separado para cada asegurado demandado, salvo en cuanto a los Límites de SeguroCorrecta
    • CAplica solo a los asegurados nombrados, así que una directiva asegurada no obtiene lectura aparte
    • DAnula la cobertura de todos los asegurados cuando dos asegurados son demandados por una misma ocurrencia

    Por qué: La condición 7 dispone que, salvo respecto a los Límites de Seguro y a cualquier derecho o deber asignado específicamente al primer asegurado nombrado, el seguro aplica como si cada asegurado nombrado fuera el único y por separado a cada asegurado contra quien se presente un reclamo o demanda. La cobertura de la vicepresidenta se evalúa entonces con sus propios hechos, y una exclusión que alcanza a la corporación no pasa automáticamente a ella. La opción A es el exceso clásico: la separación de asegurados separa la aplicación de la cobertura, no los límites, que siguen compartidos. Note por qué el segundo asegurado es una directiva y el reclamante un cliente: un empleado común no es asegurado por lesiones corporales a un compañero de trabajo según Quién Es un Asegurado 2.a.(1)(a), así que ese caso se resuelve antes de llegar a la condición 7.

    Referencia ISO CG 00 01 04 13, Section IV — Commercial General Liability Conditions, 7. Separation Of Insureds

  7. Un contratista general de Florida firma un subcontrato en el que el subcontratista asume la responsabilidad extracontractual del contratista por lesiones corporales a terceros derivadas del trabajo subcontratado. Un transeúnte se lesiona después de firmado el acuerdo y demanda al contratista general, que traslada el reclamo al asegurador CGL del subcontratista. ¿Cómo aplica la exclusión de responsabilidad contractual?

    • ANo impide el reclamo; la asunción consta en un “contrato asegurado” y la lesión ocurrió despuésCorrecta
    • BImpide el reclamo, ya que la responsabilidad asumida por contrato nunca la cubre una CGL
    • CImpide el reclamo salvo que el subcontrato también nombre al contratista asegurado adicional
    • DNo impide el reclamo, porque la exclusión desaparece cuando existe cualquier contrato escrito

    Por qué: La exclusión b. elimina la responsabilidad asumida por contrato, pero tiene dos excepciones: la responsabilidad que el asegurado habría tenido de todos modos, y la asumida en un “contrato asegurado” siempre que la lesión o el daño ocurran después de firmado el contrato. Un subcontrato que asume la responsabilidad extracontractual de otra parte frente a un tercero cae de lleno en el párrafo f. de la definición de “contrato asegurado”. La opción C es el casi acierto: la condición de asegurado adicional (CG 20 10 o CG 20 37) es otra vía de protección y no es requisito para la excepción del contrato asegurado.

    Referencia ISO CG 00 01 04 13, Section I — Coverage A, Exclusion b. (Contractual Liability); Section V, definition of “insured contract”

  8. El 1 de marzo, un asegurado nombrado de una CGL constituye una nueva corporación de su entera propiedad que no tiene otro seguro similar. La vigencia de la póliza corre hasta el 31 de diciembre. El 20 de julio un cliente de la nueva corporación se lesiona en su local. ¿Califica la nueva corporación como asegurado nombrado?

    • ASí, por el resto de la vigencia, ya que no tiene disponible ningún otro seguro similar
    • BSí, pero solo por lesiones derivadas de conducta anterior a su constitución el 1 de marzo
    • CNo; la condición automática de asegurado nombrado corrió solo hasta el día 90 tras constituirlaCorrecta
    • DNo, porque una corporación recién formada nunca califica como asegurado nombrado en esta cláusula

    Por qué: El párrafo 3 de Quién Es un Asegurado otorga a la organización que el asegurado nombrado adquiere o constituye la condición automática de asegurado nombrado solo hasta el día 90 después de adquirirla o formarla, o hasta el fin de la vigencia, lo que ocurra primero, y solo si no hay otro seguro similar disponible. Noventa días desde el 1 de marzo vencen el 30 de mayo, mucho antes de la lesión del 20 de julio. La opción A es la trampa: la ausencia de otro seguro similar es requisito para el otorgamiento, no una forma de extenderlo más allá del día 90. Además, las sociedades, empresas conjuntas y LLC quedan excluidas de la cláusula por completo; las corporaciones no.

    Referencia ISO CG 00 01 04 13, Section II — Who Is An Insured, para. 3

  9. Un trabajador de almacén en Florida se lesiona en el trabajo y cobra compensación de trabajadores. Su cónyuge luego demanda al empleador por pérdida de consorcio, y el empleador traslada esa demanda a su asegurador CGL. ¿Cómo aplica la exclusión de responsabilidad patronal?

    • ACubre la demanda del cónyuge, porque solo se excluye el reclamo propio del empleado lesionado
    • BCubre la demanda, porque la pérdida de consorcio es lesión personal y por publicidad de la Cobertura B
    • CExcluye la demanda; la exclusión alcanza al cónyuge, hijo, padre o hermano del empleadoCorrecta
    • DExcluye la demanda solo si el empleador realmente tenía seguro de compensación de trabajadores

    Por qué: La exclusión e. elimina las lesiones corporales de un empleado del asegurado derivadas de y en el curso del empleo, y se extiende expresamente al cónyuge, hijo, padre o hermano de ese empleado como consecuencia de la lesión. Aplica sea que el asegurado responda como empleador o en cualquier otra calidad. La opción D es la condición tentadora: la exclusión no depende de que el empleador haya comprado compensación de trabajadores; para eso existe la responsabilidad patronal de la Parte Dos de la póliza de compensación.

    Referencia ISO CG 00 01 04 13, Section I — Coverage A, Exclusion e. (Employer's Liability)

  10. Una asegurada de Florida le presta su auto a un vecino que razonablemente cree tener derecho a conducirlo. Él retrocede contra un poste y la cobertura de colisión de la Parte D paga $6,200. ¿Puede el asegurador subrogarse contra el vecino?

    • ANo; el derecho de subrogación no aplica bajo la Parte D contra un usuario con permisoCorrecta
    • BSí; el asegurador sucede en todo derecho que la asegurada tuviera contra cualquier culpable
    • CSí, pero solo por la parte de la pérdida que exceda el monto del deducible de colisión
    • DNo, porque la ley de Florida prohíbe toda subrogación contra un residente del mismo hogar

    Por qué: La cláusula Nuestro Derecho a Recuperar el Pago subroga al asegurador en los derechos de la persona por quien se hizo el pago, pero el párrafo A cierra con una excepción expresa: esos derechos no aplican bajo la Parte D contra quien use el auto cubierto creyendo razonablemente que tiene derecho a hacerlo. La opción D es el distractor creíble: la excepción depende del uso con permiso, no de que la persona viva en el mismo hogar, y es una disposición de la póliza, no un estatuto de Florida.

    Referencia ISO PP 00 01 09 18, Part F — Our Right To Recover Payment, A

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