Estatutos, reglas y regulaciones de Florida comunes a todas las líneas

15% del examen 49 min

La ley de Florida es el 36% del examen 2-20 y este bloque, los estatutos comunes a todas las líneas, es por sí solo el 15%. Diez ciclos cubren los reguladores, la transacción de seguros y los certificados de autoridad, la licencia y la prelicencia, el nombramiento y sus tres relojes de terminación, las agencias y el agente a cargo, la educación continua y los deberes de reporte, el dinero fiduciario de primas, la lista de métodos desleales de competencia, la disciplina obligatoria frente a la discrecional, y las cifras de sanciones y del recurso civil. Cada número está verificado contra el estatuto vigente hoy, y las reformas de propiedad y casualidad de 2022 y 2023 se señalan con la regla anterior junto a la nueva.

Quién regula qué: el CFO, el DFS, la Comisión, la OIR y la OFR

Florida divide la regulación de seguros entre dos oficinas y un cuerpo colegiado, y el banco del 2-20 examina esa división una y otra vez.

El Departamento de Servicios Financieros (DFS) está encabezado por el Director Financiero (Chief Financial Officer), miembro electo del Gabinete (s. 20.121(1), F.S.). El DFS regula a las personas. Otorga licencias, nombramientos y disciplina a agentes, agencias, representantes de clientes, ajustadores y firmas de ajuste a través de su División de Servicios de Agentes y Agencias de Seguros, y recibe quejas de consumidores a través de su División de Servicios al Consumidor.

La Comisión de Servicios Financieros son el Gobernador, el Fiscal General, el Director Financiero y el Comisionado de Agricultura actuando como cuerpo colegiado (s. 20.121(3), F.S.). La acción de la Comisión se toma por mayoría con al menos tres votos afirmativos. La Comisión es la cabeza de dos oficinas y nombra o remueve a cada director con al menos tres votos afirmativos, siempre que el Gobernador y el Director Financiero estén del lado ganador.

La Oficina de Regulación de Seguros (OIR) regula a las compañías. Su jurisdicción abarca todo lo relativo a aseguradoras y otras entidades que asumen riesgo: autorización de aseguradoras, tarifas, formularios de póliza, conducta de mercado, reclamaciones, emisión de certificados de autoridad, solvencia, acuerdos viáticos, financiamiento de primas y supervisión administrativa. Su director es el Comisionado de Seguros, nombrado por la Comisión, no electo.

La Oficina de Regulación Financiera (OFR) regula bancos, cooperativas de crédito, otras instituciones financieras, financieras y la industria de valores. En este examen aparece casi siempre como respuesta incorrecta.

El atajo que resuelve la mayoría de estas preguntas:

  • La OIR regula a las compañías. El DFS regula a las personas.
  • Certificado de autoridad, presentación de tarifas, aprobación de formularios, solvencia, conducta de mercado: OIR.
  • Licencia de agente o agencia, nombramiento, disciplina, queja del consumidor: DFS.
  • Comisionado de Seguros: nombrado por la Comisión. Director Financiero: electo.

Un plazo de esta sección se examina mucho y cambió hace poco. Toda persona con licencia, con certificado de autoridad o declarada asegurador elegible de líneas excedentes por el departamento o la oficina debe responder por escrito o electrónicamente a la División de Servicios al Consumidor dentro de los 14 días siguientes a recibir una solicitud escrita de documentos e información sobre una queja de consumidor (s. 624.307(10)(b), F.S.). La respuesta debe atender los planteamientos de la queja e incluir los documentos solicitados que no estén protegidos por privilegio. La división puede imponer una multa administrativa de hasta $5,000 por infracción a una entidad con licencia y de hasta $1,000 por infracción a un individuo con licencia.

Hasta el 1 de julio de 2023 ese mismo párrafo daba 20 días, aplicaba solo a personas con licencia o con certificado de autoridad, y topaba las multas en $2,500 por infracción para una entidad, con una escala de $250, luego $500 y luego hasta $1,000 para un individuo. El capítulo 2023-172, Leyes de Florida, acortó el plazo y subió las cifras. Si su manual dice 20 días, es anterior a ese cambio.

CompruebeUna aseguradora necesita que se apruebe un formulario de vivienda y que se revise un aumento de tarifa. Por separado, uno de sus agentes nombrados es acusado de quedarse con la prima de un cliente. Y por separado, un asegurado escribe a la División de Servicios al Consumidor y la división envía a la agencia una solicitud escrita de documentos. ¿Quién atiende cada asunto y cuánto tiempo tiene la agencia para responder?

Realizar transacciones de seguros, certificados de autoridad y las dos formas de clasificar a una aseguradora

Empiece por el verbo, porque de él dependen la mitad de las preguntas sobre actividad sin licencia. Según la s. 624.10(5), F.S., realizar transacciones (transact) de seguros incluye la solicitación o inducción, las negociaciones preliminares, la formalización de un contrato de seguro y la gestión de asuntos posteriores a la formalización que surjan del contrato.

Cada uno de esos actos figura de forma independiente. La sola solicitación ya es transacción. No hace falta firmar nada, no tiene que moverse una prima y nadie tiene que cobrar. Por eso una persona sin licencia que describe beneficios, compara productos, hace una recomendación o completa una solicitud ya realizó una transacción de seguros, y por eso la s. 626.112(1)(b), F.S., enumera esos mismos actos como sujetos a licencia.

Realizar transacciones de seguros sin licencia a sabiendas, o ayudar a sabiendas a que otro lo haga sin licencia, es delito grave de tercer grado (s. 626.112(10), F.S.).

Las aseguradoras se clasifican en dos ejes totalmente distintos, y confundirlos es una trampa deliberada.

El domicilio es dónde se constituyó la aseguradora y nunca cambia (s. 624.06, F.S.):

  • Doméstica: constituida bajo las leyes de este estado.
  • Extranjera de otro estado (foreign): constituida bajo las leyes de cualquier otro estado, distrito, territorio o mancomunidad de los Estados Unidos.
  • Extranjera de otro país (alien): la que no es doméstica ni foreign, es decir, en la práctica, constituida fuera de los Estados Unidos.

La autorización es si la OIR le expidió un certificado de autoridad (s. 624.09, F.S.). Una aseguradora autorizada tiene un certificado de autoridad vigente expedido por la oficina; una no autorizada es la que no lo tiene. Una compañía de Georgia que opera legalmente en Florida es foreign y autorizada al mismo tiempo. Alien no significa no autorizada, y foreign no significa de otro país.

Nadie puede actuar como asegurador ni realizar transacciones de seguros en Florida salvo con un certificado de autoridad vigente (s. 624.401(1), F.S.). La graduación penal tiene dos capas que los candidatos suelen fundir en una:

  • La s. 624.401(4)(a), F.S., convierte la violación del inciso (1) en delito grave de tercer grado, sin escala.
  • La s. 624.401(4)(b), F.S., desplaza esa graduación fija para quien actúa como asegurador sin certificado válido y gradúa según la prima cobrada: menos de $20,000 es delito grave de tercer grado con mínimo obligatorio de 1 año; $20,000 o más pero menos de $100,000 es de segundo grado con mínimo obligatorio de 18 meses; $100,000 o más es de primer grado con mínimo obligatorio de 2 años.

Del lado del productor, la s. 626.901(1), F.S., prohíbe actuar como agente de, representar o ayudar a una aseguradora no autorizada entonces para transar ese seguro en Florida. La prohibición alcanza la solicitación, la negociación, la difusión de información de cobertura o tarifas, el envío de solicitudes, la entrega de pólizas, la inspección de riesgos, la fijación de tarifas, el ajuste de reclamaciones y el cobro de primas.

La consecuencia es personal y se mide por la pérdida del cliente, no por su comisión. Si la aseguradora no autorizada no paga una reclamación total o parcialmente, quien supo o razonablemente debió saber que el contrato violaba la sección y lo solicitó, negoció, tomó la solicitud o lo formalizó responde ante el asegurado por el monto total de la reclamación o pérdida no pagada (s. 626.901(2), F.S.). El contrato en sí no queda invalidado (s. 626.901(3), F.S.), y la oficina o el departamento pueden emitir una orden final inmediata de cese y desistimiento (s. 626.901(5), F.S.). El negocio de líneas excedentes colocado bajo la Surplus Lines Law, ss. 626.913-626.937, F.S., es la excepción reconocida, junto con la cobertura procurada de forma independiente bajo la s. 626.938, F.S.

Una trampa relacionada está en la s. 626.342, F.S. Una aseguradora, un managing general agent, una agencia de seguros o un agente no pueden entregar formularios en blanco, solicitudes, papelería u otros suministros a un agente para una clase de negocio para la cual ese agente no tiene licencia y nombramiento. Si se entregan los suministros y luego se acepta el negocio, la aseguradora queda sujeta a responsabilidad civil frente al asegurado igual que si esa persona hubiera estado realmente nombrada. Florida protege al solicitante tratando la colocación como autorizada en vez de anular la cobertura.

CompruebeAlonso no tiene licencia. Tomando café compara dos pólizas comerciales tipo paquete para un amigo, le recomienda una y se ofrece a llenar la solicitud; el amigo nunca firma y Alonso nunca cobra. Por separado, un grupo de inversionistas en Miami cobra $150,000 en primas emitiendo sus propios contratos de cobertura sin certificado de autoridad. ¿Qué hizo cada uno y cómo se gradúa cada conducta?

Obtener la licencia 2-20: requisitos, prelicencia, examen y licencias temporales

La s. 626.731(1), F.S., fija los requisitos personales del agente de líneas generales. El departamento no puede licenciar a quien considere indigno de confianza o incompetente y, además, el solicitante debe ser persona natural de al menos 18 años; ciudadano estadounidense o extranjero legal con autorización de trabajo y residente de buena fe de este estado; tener su lugar de negocio en Florida y estar activamente dedicado al negocio de seguros; no buscar la licencia principalmente para escribir negocio controlado en violación de la s. 626.730, F.S.; estar calificado en conocimiento, experiencia o instrucción según la s. 626.732, F.S.; y haber aprobado el examen exigido por la s. 626.221, F.S. Una licencia de residente en otro estado debe cancelarse.

El requisito de conocimiento de la s. 626.732, F.S., son tres caminos alternativos, y todos deben cumplirse dentro de los 4 años inmediatamente anteriores a la solicitud:

  • Haber enseñado o completado 200 horas de cursos aprobados por el departamento en seguros de propiedad, casualidad, fianzas, salud y marítimo, de las cuales 3 horas deben ser de ética.
  • Haber completado al menos 1 año en funciones responsables de seguros como empleado de buena fe sustancialmente a tiempo completo en todas las líneas de propiedad y casualidad, sin curso alguno.
  • Haber completado al menos 1 año de funciones responsables de seguros como representante de clientes, representante de servicio o agente de líneas personales con licencia y nombramiento, más 40 horas de cursos aprobados en las mismas materias.

Todo el curso debe incluir instrucción sobre entidades no autorizadas que se dedican al negocio de seguros. Quien posee la designación Chartered Property and Casualty Underwriter no está sujeto a la s. 626.732, F.S., y la sección también exime a militares, veteranos y sus cónyuges que presenten la documentación correspondiente.

El examen es obligatorio salvo que aplique una exención de la s. 626.221, F.S. Las que importan aquí: el solicitante de licencia de agente de líneas generales, agente de líneas personales o ajustador de todas las líneas que posea la designación CPCU del American Institute for Chartered Property Casualty Underwriters está exento; el solicitante con un título en seguros calificante de una institución acreditada está exento; los solicitantes de renovación están exentos; los solicitantes de licencia temporal están exentos. La designación CLU sustenta una exención del lado de vida y salud, no de líneas generales. Incluso con exención, el departamento puede exigir un examen sobre las disposiciones del Código de Seguros de Florida.

Lo que la licencia permite vender lo define la s. 626.311(1), F.S. El agente de líneas generales califica para todas las líneas de propiedad, marítimo, casualidad y fianzas, excepto fianzas de excarcelación, que requieren licencia aparte bajo el capítulo 648, F.S. El mismo inciso agrega una frase que los candidatos siguen pasando por alto: la licencia del agente de líneas generales también cubre seguro de salud. No se necesita una 2-15 para escribir salud siendo 2-20. Lo que sí se necesita es el nombramiento de la aseguradora de salud, porque ningún agente puede transar una clase para la cual no tenga nombramiento vigente registrado ante el departamento.

La licencia temporal de la s. 626.175, F.S., no es renovable y dura un período que no puede exceder 6 meses. En líneas generales puede emitirse a un empleado, un familiar, un socio comercial o un representante personal de un agente que falleció o que quedó incapacitado para desempeñarse por servicio militar, enfermedad u otra discapacidad física o mental. Termina antes cuando el agente ausente reanuda la conducción activa de la agencia, cuando se liquidan los asuntos de la agencia o de la sucesión, o cuando el licenciatario temporal califica para una licencia regular. El departamento puede limitar la autoridad del licenciatario temporal, pero nada extiende los 6 meses y nada convierte automáticamente la temporal en permanente.

CompruebeYesenia trabajó 14 meses como agente de líneas personales con licencia y nombramiento y no ha tomado ningún otro curso. No posee ninguna designación profesional. ¿Puede solicitar la 2-20 y, si califica y la licencian, puede colocar un caso de salud grupal para un pequeño empleador?

El nombramiento: la mitad de su autoridad que no es la licencia

La s. 626.112(1)(a), F.S., es la frase de la que cuelga todo el dominio. Nadie puede ser, actuar como, anunciarse ni presentarse como agente de seguros, ajustador de seguros o representante de clientes salvo que tenga licencia vigente del departamento y nombramiento de una entidad o persona nombradora apropiada.

Dos requisitos unidos por una y. La licencia es el permiso del estado para presentarse como agente. El nombramiento es la autorización de una aseguradora o entidad nombradora concreta para representarla. Ninguno sustituye al otro y no existe período de gracia que permita a un agente recién licenciado colocar negocio primero y obtener el nombramiento después.

Los nombramientos no vencen en una fecha fija de calendario. Según la s. 626.381(1), F.S., el nombramiento continúa vigente hasta que se suspenda, revoque o termine de otro modo, pero está sujeto a una solicitud de renovación presentada por la entidad nombradora en el mes de nacimiento del nombrado si es persona natural, o en el mes en que se emitió el nombramiento original si es entidad, y cada 24 meses en adelante, con las cuotas de renovación.

Fíjese en quién presenta. La entidad nombradora renueva el nombramiento, no el licenciatario. Ese es el error más frecuente en las preguntas de renovación, y suele venir acompañado de un ciclo de 24 meses correcto para que parezca la respuesta buena.

Una solicitud de renovación recibida antes del vencimiento surte efecto sin penalidad. El departamento puede, a su discreción, aceptar una presentación tardía si la acompaña la cuota de nombramiento, presentación tardía, continuación y reinstalación, y la s. 626.381(4), F.S., agrega el detalle que decide las preguntas difíciles: las cuotas por presentación tardía las paga la entidad nombradora y no pueden cobrarse al nombrado.

La terminación tiene tres relojes distintos y el examen los mezcla a propósito.

  • Aviso al agente: la entidad nombradora que pretenda terminar debe dar al nombrado al menos 60 días de aviso previo por escrito, por entrega personal, correo o correo electrónico (s. 626.471(1), F.S.). Dos cosas lo desactivan: una causal que sujete al nombrado a suspensión o revocación bajo la s. 626.611 o la s. 626.621, F.S., y una cláusula en contrario en el contrato entre las partes.
  • Aviso al departamento: dentro de los 30 días siguientes a terminar el nombramiento, la entidad nombradora presenta aviso escrito al departamento junto con una declaración de que dio al nombrado el aviso exigido por el inciso (1) (s. 626.471(2), F.S.).
  • Razones y hechos: se presentan bajo la s. 626.511, F.S. Si el nombramiento fue terminado, la declaración de razones y hechos se presenta dentro de los 10 días siguientes a la presentación del aviso de terminación; si el nombramiento simplemente no se continuó ni renovó, se presenta dentro de los 30 días siguientes a ese aviso.

La información, documentos, registros o declaraciones entregados al departamento bajo la s. 626.511, F.S., son confidenciales y están exentos del requisito de divulgación de registros públicos de la s. 119.07(1), F.S. El nombrado también puede terminar el nombramiento mediante aviso escrito o electrónico, y el departamento o su administrador termina el nombramiento al recibir el aviso (s. 626.471(4) y (5), F.S.).

CompruebeUna aseguradora decide el 3 de marzo terminar el nombramiento de un agente por razones ordinarias de negocio, sin cláusula contractual sobre el aviso y sin causal disciplinaria. Avisa al agente el 3 de marzo y termina el nombramiento el 5 de mayo. ¿Qué debe hacer después, en qué plazo, y quién paga si una renovación de otro nombrado se presenta tarde?

Agencias, sucursales, el agente a cargo y quién puede hacer qué en la oficina

La agencia de seguros se licencia por derecho propio. La s. 626.112(7)(a), F.S., exige que cada lugar de negocio donde una agencia realice transacciones de seguros esté licenciado como agencia de seguros bajo la s. 626.172, F.S. La exención estrecha es la agencia propiedad de un solo agente licenciado que la opera y no emplea a otros para transar seguros. Operar una agencia sin licencia expone a la entidad a una multa administrativa de hasta $10,000 (s. 626.112(7)(c), F.S.).

Una sucursal no necesita su propia licencia de agencia si se cumplen tres condiciones bajo la s. 626.112(7)(b), F.S.: transa bajo el mismo nombre y número federal de identificación tributaria que la agencia licenciada, tiene designado un agente a cargo para esa ubicación, y la dirección y el teléfono de la sucursal están registrados ante el departamento dentro de los 30 días siguientes al inicio de transacciones allí. La licencia de agencias es función del DFS, nunca de la OIR.

Las reglas del agente a cargo de la s. 626.0428(4), F.S., generan muchas preguntas:

  • Cada lugar de negocio debe estar bajo el cargo activo y de tiempo completo de un agente con licencia y nombramiento que posea las licencias requeridas para transar al menos dos de las líneas de seguros que se manejan en esa ubicación. Si allí solo se maneja una línea, el agente a cargo debe tener la licencia de esa línea.
  • Un mismo agente licenciado puede ser el agente a cargo de sucursales adicionales, pero solo si no ocurre actividad que requiera licencia de agente en una ubicación cuando no hay un agente físicamente presente, y los empleados sin licencia allí no realizan actividad que requiera licencia de agente o de representante de clientes.
  • La agencia presenta ante el departamento, en el sitio web designado, el nombre, número de licencia y dirección física del agente a cargo. El cambio de designación surte efecto con la notificación, que debe darse dentro de los 30 días siguientes al cambio.
  • El agente a cargo es responsable de supervisar a toda persona en esa ubicación y responde por la mala conducta o las violaciones al código de quienes están bajo su supervisión. No hay responsabilidad penal salvo que el agente a cargo haya cometido el acto personalmente o haya sabido o debido saber de él y de los hechos que constituyen la violación.
  • Si el agente a cargo designado termina su vinculación y la agencia no designa reemplazo dentro de los 30 días, y ese incumplimiento continúa por 90 días, la licencia de la agencia expira automáticamente el día 91 contado desde que el agente a cargo terminó la vinculación.

El personal sin licencia vive dentro de una exención estrecha. La s. 626.0428(1), F.S., dice que quien es empleado asalariado de un agente o agencia y dedica tiempo completo a trabajo administrativo, con toma incidental de solicitudes, cotizaciones o recibo de primas en consultas entrantes en la oficina, no se considera agente ni representante de clientes, siempre que su compensación no incluya comisión sobre ese negocio ni esté relacionada con la producción. Junto a esa exención hay dos límites duros: un empleado o representante autorizado en una sucursal designada no puede vincular cobertura salvo que tenga licencia y nombramiento (inciso (2)), y no puede iniciar contacto con persona alguna para solicitar seguros salvo que tenga licencia y nombramiento (inciso (3)). Contestar el teléfono cae dentro de la exención. Llamar a la lista de vencimientos de un competidor, no.

El representante de clientes es un rol licenciado con su propia cerca, en la s. 626.7354, F.S. La licencia no cubre seguro de vida ni ninguna clase de seguro para la cual el agente o agencia que lo nombra no esté entonces licenciado. Debe ser empleado asalariado cuya compensación no se base principalmente en comisiones ni en la producción de solicitudes, seguros o primas. No puede transar seguros fuera de la oficina del agente o agencia que lo nombra. Todo el negocio se transa en nombre de ese agente o agencia, que es responsable de los actos dentro del alcance del nombramiento. Fíjese en la redacción exacta de la regla de pago: la compensación no puede basarse principalmente en comisiones, y por eso sigue siendo posible compartir comisiones de forma limitada bajo la s. 626.753, F.S.

Aquí caben dos presentaciones más. Bajo la s. 626.541, F.S., el licenciatario que use un nombre de firma, corporativo o comercial distinto de su nombre individual presenta una declaración escrita de ese nombre, la dirección de cada oficina que lo usa y el nombre y número de seguro social de cada oficial y director, dentro de los 30 días siguientes a la primera transacción bajo ese nombre; los cambios se reportan dentro de 30 días; y la agencia licenciada notifica al departamento cualquier cambio en la información de su solicitud de la s. 626.172 dentro de 30 días. Un registro de nombre ficticio ante la División de Corporaciones no satisface el Código de Seguros, y el departamento recibe la presentación, no aprueba el nombre de antemano.

Incorporarse no crea un escudo. Bajo la s. 626.734, F.S., el agente de líneas generales que sea oficial, director o accionista de una agencia de líneas generales incorporada sigue siendo personal y plenamente responsable por los actos ilícitos, la mala conducta o las violaciones al código cometidas por él o por cualquier persona bajo su supervisión y control directos mientras actúa en nombre de la corporación. La misma sección limita la exposición: no hay responsabilidad penal ni procedimiento disciplinario salvo que la persona haya cometido el acto personalmente o haya sabido o debido saber de él.

CompruebeEl agente a cargo designado de la sucursal de Kissimmee renuncia el 1 de junio y la agencia, distraída, no designa a nadie. La sucursal sigue cotizando y vinculando cobertura a través de un representante de clientes licenciado que trabaja allí. ¿Cuáles son los dos problemas distintos y qué pasa con la licencia de la agencia?

Mantener la licencia: educación continua, avisos, reportes y registros

La educación continua de la s. 626.2815(3), F.S., se construye como un curso de actualización más horas electivas, y las electivas se escalonan por años de licencia.

  • Todo licenciatario, salvo el agente de seguro de título, completa un curso de actualización de 4 horas cada 2 años específico de una licencia que posea, desarrollado y ofrecido por un proveedor aprobado por el departamento. Quien tenga varias licencias completa un curso de actualización específico de al menos una de ellas.
  • Nivel estándar: 20 horas electivas cada 2 años, o sea 24 horas en total.
  • Con 6 años o más de licencia: mínimo 16 horas electivas, o sea 20 horas en total.
  • Con 25 años o más de licencia y siendo CLU o CPCU, o con licenciatura o grado superior en administración de riesgos o seguros con evidencia de 18 o más horas semestre en cursos de seguros: mínimo 6 horas electivas, o sea 10 horas en total.
  • Representante de clientes que no sea agente licenciado de vida o salud: mínimo 6 horas cada 2 años.

Cumplir con la educación continua es condición previa a la emisión, continuación, reinstalación o renovación de cualquier nombramiento (s. 626.2815(4), F.S.). No es un detalle menor: es lo que mantiene vivo el nombramiento.

El curso de actualización antes era de 5 horas, con 19 electivas en el nivel estándar, 15 en el nivel de seis años y 5 en el de servicio prolongado. El capítulo 2019-140, Leyes de Florida, bajó el curso de actualización a 4 horas y movió una hora a la columna de electivas. Los totales no cambiaron: 24, 20 y 10. Si su manual dice un curso de actualización de ley y ética de 5 horas, el total que imprime probablemente sigue siendo correcto y el desglose está mal.

La s. 626.551, F.S., exige al licenciatario notificar al departamento por escrito dentro de los 30 días siguientes a un cambio de nombre, dirección de residencia, dirección física principal del negocio, dirección postal, números de teléfono de contacto incluyendo el teléfono comercial, o dirección de correo electrónico. Dos cosas de esta regla se examinan. El deber corre directamente del licenciatario al departamento y no puede delegarse en una aseguradora nombradora que lleve sus propios registros de productores. Y la lista incluye expresamente el correo electrónico, porque allí envía el DFS la correspondencia oficial. No notificar acarrea una multa de hasta $250 por la primera infracción; por una infracción posterior, una multa de no menos de $500 o suspensión o revocación bajo las ss. 626.611, 626.6115, 626.621 o 626.6215, F.S. La misma sección agrega una consecuencia incondicional: al licenciatario que traslade fuera del estado tanto su residencia principal como su lugar principal de negocio, el departamento le termina de inmediato la licencia y todos los nombramientos. Calificar después como no residente bajo la s. 626.741, F.S., es una solicitud aparte, no una excepción.

La s. 626.536, F.S., exige al licenciatario entregar al departamento copia de la orden, consentimiento de orden u otros documentos legales pertinentes dentro de los 30 días siguientes a la disposición final de una acción administrativa tomada en su contra por una agencia gubernamental u otra agencia reguladora de este o de cualquier otro estado o jurisdicción, relativa al negocio de seguros, la venta de valores o una actividad que involucre fraude, deshonestidad, confiabilidad o incumplimiento de un deber fiduciario. Los asuntos de otros estados cuentan. Los asuntos de valores cuentan. Se debe reportar afecte o no la licencia de Florida, el plazo corre desde la disposición final y no desde la fecha en que se dictó la orden, y el reporte va al DFS, no a la OIR. No reportar es en sí una causal discrecional de disciplina.

Los asuntos penales tienen su propio deber de reporte: no informar al departamento por escrito dentro de los 30 días siguientes a declararse culpable o nolo contendere, o a ser condenado o hallado culpable, de un delito grave o de un delito punible con prisión de 1 año o más, es causal discrecional bajo la s. 626.621(10), F.S.

Los registros tienen dos relojes distintos y el examen los empareja a propósito.

  • Sección 626.748, F.S.: todo agente que transe una póliza de seguro debe mantener en su oficina, o tener fácilmente accesibles por medios electrónicos o fotográficos, durante al menos 5 años después del vencimiento de la póliza, los registros de las pólizas transadas, incluidos reportes diarios, solicitudes, endosos de cambio y documentos firmados o iniciados por el asegurado, de modo que los asegurados y el departamento puedan obtener toda la información necesaria. Cinco años, contados desde el vencimiento, no desde la emisión.
  • Sección 626.561(2), F.S.: los libros, cuentas y registros relativos al pago de una prima se conservan al menos 3 años después del pago. Tres años, otro conjunto de registros, otro punto de partida.
CompruebeRamiro lleva 8 años licenciado. Cambia su correo electrónico y muda su oficina dos cuadras; además consiente una orden de valores en Georgia que no suspende nada en Florida. Una póliza que él colocó venció hace 4 años y quiere depurar el expediente. ¿Qué debe, a quién y en qué plazo?

Deber fiduciario: dinero de primas, cuentas fiduciarias, negocio controlado y comisiones

La s. 626.561(1), F.S., es la regla fiduciaria. Todas las primas, primas devueltas u otros fondos pertenecientes a aseguradoras o a terceros que reciba un agente, una agencia de seguros, un representante de clientes o un ajustador en transacciones bajo la licencia son fondos en fideicomiso recibidos por el licenciatario en calidad fiduciaria. El licenciatario debe rendir cuentas y pagarlos a la aseguradora, al asegurado o a quien corresponda en el curso regular aplicable del negocio.

Lea la frase en el curso regular aplicable del negocio. La ley no fija un plazo de remesa en días, así que una opción de respuesta que le dé un número redondo de días para remitir la prima casi siempre es una cifra inventada.

El mismo inciso exige que los fondos pertenecientes a cada aseguradora para la cual el agente no está nombrado, salvo una aseguradora de líneas excedentes, se mantengan en una cuenta separada para que no se mezclen con el dinero propio del agente y el departamento pueda auditarlos adecuadamente.

De ahí se derivan tres cosas que los candidatos suelen fallar:

  • El incumplimiento ocurre en el instante en que el dinero fiduciario se usa para otra cosa. Pagar la renta de la agencia con la cuenta fiduciaria de primas es una violación el mismo día en que sucede.
  • La intención de reponer no es defensa, y reponer después no lo deshace.
  • Los libros, cuentas y registros relativos al pago de una prima deben conservarse al menos 3 años después del pago (s. 626.561(2), F.S.).

La s. 626.561(3), F.S., gradúa la exposición penal por desviar o apropiarse indebidamente de fondos fiduciarios según el monto:

  • $300 o menos: delito menor de primer grado.
  • Más de $300 pero menos de $20,000: delito grave de tercer grado.
  • $20,000 o más pero menos de $100,000: delito grave de segundo grado.
  • $100,000 o más: delito grave de primer grado.

La disciplina de la licencia corre por una vía separada del caso penal. La apropiación indebida, conversión o retención ilícita de dineros pertenecientes a asegurados, aseguradoras, beneficiarios u otros, recibidos en calidad fiduciaria, es causal obligatoria bajo la s. 626.611(1)(j), F.S. La simple falta de remitir dinero perteneciente a una aseguradora, sin el elemento de apropiación, es la causal discrecional de la s. 626.621(4), F.S. Y bajo la s. 626.692, F.S., cuando exista cualquier causal de suspensión, revocación o negativa, el departamento puede ordenar al licenciatario pagar restitución a quien haya sido privado de dinero por su apropiación indebida, conversión o retención ilícita, con tope en el monto apropiado, convertido o retenido. La restitución es solo compensatoria; no se duplica, y el departamento puede ordenarla administrativamente sin ir a tribunal.

El negocio controlado es el segundo límite cercano al deber fiduciario. La s. 626.730, F.S., dice que el propósito de la licencia es permitir al licenciatario dedicarse activamente y de buena fe al negocio de seguros, no usarla principalmente para escribir negocio controlado. La prueba es un porcentaje de 12 meses: se considera que la licencia se usa principalmente para negocio controlado si, durante cualquier período de 12 meses, las comisiones agregadas u otra compensación por seguros sobre bienes y riesgos propios del solicitante o licenciatario, o de familiares y negocios en los que tenga interés, exceden el 50 por ciento de las comisiones y compensación agregadas de todas las coberturas procuradas por o a través suyo.

Dos detalles deciden las preguntas. Escribir algo de negocio controlado es lícito; solo pasar la mitad rompe la regla. Y la medida son las comisiones y la compensación, no la cantidad de pólizas. El negocio controlado es además causal obligatoria de disciplina bajo la s. 626.611(1)(l), F.S., y una revocación basada en él conlleva prohibición permanente de cualquier licencia nueva bajo la s. 626.641(2), F.S.

El dinero de las comisiones tiene su propia cerca en la s. 626.753, F.S. Un agente puede dividir o compartir comisiones solo con otros agentes nombrados y licenciados para escribir la misma clase o clases de seguros, o con un representante de clientes, y el representante de clientes puede compartir comisiones con un agente. Un licenciatario no puede compartir comisión con ninguna corporación salvo que esa corporación sea una agencia de seguros; una divulgación escrita a la aseguradora no lo cura. Las comisiones de renovación, las diferidas y las pensiones sí pueden pagarse a personas que ya no tienen licencia y a agencias incorporadas cuyos accionistas dejaron de estar licenciados. La sanción es inusualmente dura: además de otras penas, la licencia de todo licenciatario que viole o participe en una violación de la sección será revocada.

Relacionada y distinta: la s. 626.112(8), F.S., prohíbe a un agente, agencia u otro licenciatario pagar cualquier cuota u otra contraprestación a una persona sin licencia, que no sea una agencia de seguros, por referir compradores potenciales cuando el pago dependa de algún modo de si el referido resulta en la compra de un producto de seguros. El defecto es la contingencia, no el monto, y no hay umbral que haga aceptable una comisión por referido condicionada al éxito.

CompruebeEn los últimos 12 meses una agente ganó $84,000 en comisiones totales, de las cuales $46,000 vinieron de pólizas sobre sus propias propiedades de alquiler y la empresa de camiones de su hermano. En el mismo período pagó a su primo sin licencia $50 por cada referido que cerró, y cubrió un faltante de nómina de $9,000 con la cuenta fiduciaria de primas y lo repuso dos semanas después. Analice cada punto.

La lista de métodos desleales de competencia y las dos reglas del rebating

La parte IX del capítulo 626, F.S., es la Ley de Prácticas Comerciales Desleales de Seguros. La s. 626.9521(1), F.S., prohíbe incurrir en cualquier práctica definida en esa parte como método desleal de competencia o acto o práctica desleal o engañosa en el negocio de seguros, y la s. 626.9541(1), F.S., es la lista. Las que el banco del 2-20 realmente usa:

  • Párrafo (a), tergiversaciones y publicidad falsa de pólizas, y párrafo (b), información y publicidad falsas en general.
  • Párrafo (c), difamación: hacer, publicar, difundir o circular a sabiendas una declaración falsa, o maliciosamente crítica o denigrante de una persona, y calculada para dañarla.
  • Párrafo (d), boicot, coerción e intimidación: celebrar cualquier acuerdo para cometer, o cometer mediante acción concertada, cualquier acto de boicot, coerción o intimidación que resulte o tienda a resultar en restricción irrazonable o monopolio en el negocio de seguros. La negativa concertada a tratar con alguien para sacar a un competidor del mercado es el caso de manual, y note que el ilícito es el acuerdo en sí, no una publicación.
  • Párrafo (g), discriminación desleal, que trata de distinciones entre asegurados de la misma clase actuarial, no de conducta dirigida a un competidor.
  • Párrafo (h), rebajas ilícitas (rebating).
  • Párrafo (i), prácticas desleales de ajuste de reclamaciones.
  • Párrafo (l), twisting.
  • Párrafo (m), obsequios de publicidad y promoción y contribuciones caritativas permitidos.
  • Párrafo (o), manejo ilícito de primas y cargos en exceso o reducidos.
  • Párrafo (x), negativa a asegurar.
  • Párrafo (z), sliding.
  • Párrafo (aa), churning.
  • Párrafo (ee), firmas fraudulentas en una solicitud o documento relacionado con la póliza.

Tres de estas se confunden constantemente. El twisting del párrafo (l) se define por la tergiversación: hacer a sabiendas declaraciones engañosas, comparaciones incompletas o fraudulentas, u omisiones materiales fraudulentas sobre pólizas o aseguradoras para inducir a una persona a caducar, perder, rescatar, terminar, retener, pignorar, ceder, tomar préstamo sobre o convertir una póliza, o a contratar una póliza con otra aseguradora. El churning del párrafo (aa) se define por la fuente de fondos: valores que ya están dentro de una póliza existente se usan, directa o indirectamente, para comprar otra póliza con la misma aseguradora y generar compensación adicional, sin una base objetivamente razonable para creer que la compra producirá un beneficio real y demostrable. El sliding del párrafo (z) se define por lo que se agregó: representar que una cobertura o producto accesorio es exigido por ley cuando no lo es, representar que una cobertura va incluida sin cargo cuando sí se cobra, cobrar por una cobertura o producto que el solicitante no pidió a sabiendas, o vincular cobertura sin el consentimiento informado del dueño.

Un límite de alcance hace fáciles las preguntas de churning en un examen de propiedad y casualidad. La definición de churning en Florida alcanza valores de póliza en una póliza de seguro de vida o un contrato de anualidad existente, incluidos valores en efectivo, de préstamo o de dividendos y valores en cláusulas adicionales. No se puede cometer churning con una póliza de vivienda o de auto comercial. El twisting no tiene ese límite y puede involucrar cualquier línea.

El rebating tiene dos reglas contiguas y el examen quiere las dos. El párrafo (h) convierte en método desleal de competencia permitir, ofrecer, hacer, pagar, conceder o dar a sabiendas cualquier rebaja de prima, o cualquier favor especial, ventaja, contraprestación valiosa o incentivo no especificado en la póliza, como inducción a contratar. La s. 626.572, F.S., luego permite al agente rebajar parte de la comisión si se cumplen todas las condiciones: la rebaja está disponible para todos los asegurados de la misma clase actuarial; se presenta a la aseguradora un cronograma de rebajas aplicado uniformemente, de modo que todos los asegurados que compran la misma póliza por el mismo monto de seguro reciben el mismo porcentaje; el cronograma se exhibe de forma prominente y a la vista del público en el lugar de negocio del agente, con copias gratuitas a solicitud; el cronograma se conserva 5 años; la aseguradora no prohíbe el rebating; y la rebaja no se basa en edad, sexo, lugar de residencia, raza, nacionalidad, origen étnico, estado civil u ocupación, ni se da como inducción para comprar otros seguros u otros productos.

Los obsequios son otra regla distinta, y la cifra de la mayoría de los manuales está desactualizada. El párrafo (m) permite dar a asegurados, prospectos u otros un artículo de mercancía, bienes, tarjetas de regalo de tienda, certificados de regalo, boletos para eventos, servicios antifraude o de mitigación de pérdidas u otros artículos con valor total de $100 o menos por asegurado o prospecto en cualquier año calendario, y permite contribuciones caritativas en su nombre hasta esos mismos $100 por asegurado por año calendario. La cifra de $25 sigue siendo real, pero es el tope para agentes, agencias y aseguradoras de seguro de título únicamente. Fíjese también en el período de medición: por año calendario, no por póliza ni por vigencia de la póliza. Como el párrafo (m) es un permiso, un obsequio dentro del límite no es una rebaja ilícita del párrafo (h).

Las prácticas desleales de ajuste del párrafo (i) tienen una estructura que conviene memorizar. El subpárrafo 1 cubre transigir una reclamación basándose en una solicitud u otro documento material alterado. El subpárrafo 2 cubre hacer una tergiversación material a un asegurado para transigir en términos menos favorables que los de la póliza. El subpárrafo 3 enumera actos que son violación solo cuando se cometen con tal frecuencia que indican una práctica general de negocio, incluidos no adoptar ni implementar normas para la investigación adecuada de reclamaciones, tergiversar hechos o disposiciones de póliza pertinentes, no acusar recibo ni actuar con prontitud ante comunicaciones sobre reclamaciones, negar reclamaciones sin investigación razonable, no afirmar ni negar la cobertura total o parcial y, en cobertura parcial, el monto o alcance, o no entregar declaración escrita de que la reclamación está bajo investigación, a solicitud escrita del asegurado dentro de los 30 días siguientes a completarse las declaraciones de prueba de pérdida, no dar con prontitud una explicación escrita razonable de una negativa u oferta de transacción, y no pagar reclamaciones de protección contra lesiones personales dentro de los plazos de la s. 627.736(4)(b), F.S. El subpárrafo 4 es aparte y no tiene elemento de frecuencia: no pagar montos no disputados de beneficios parciales o totales adeudados bajo pólizas de propiedad de primera parte dentro de los 60 días siguientes a que la aseguradora recibe aviso de una reclamación de propiedad residencial, determina los montos y acepta la cobertura, salvo que lo impidan factores fuera de su control según la s. 627.70131(5), F.S.

Dos piezas del párrafo (i) cambiaron hace poco. Esa cifra de 60 días del subpárrafo 4 era de 90 días hasta la SB 2-A, la reforma de la sesión especial de diciembre de 2022, capítulo 2022-271, Leyes de Florida. Y el subpárrafo 3 ganó un renglón nuevo, el sub-subpárrafo j., en 2023 con el capítulo 2023-172: alterar o enmendar el informe de un ajustador de seguros sin dar una explicación detallada de los cambios, un listado completo de ellos y la identidad de cada persona que los ordenó, o sin conservar todas las versiones del informe.

Por último, una regla para prestamistas que parece tema bancario pero está de lleno en esta parte. La s. 626.9551, F.S., convierte en método desleal de competencia exigir, como condición para prestar dinero o extender crédito, que el prestatario negocie cualquier póliza de seguro a través de una aseguradora, agente o corredor determinados; rechazar una póliza solo porque fue emitida o suscrita por alguien no asociado a una institución financiera; o exigir un cargo separado por manejar una póliza requerida o por sustituir la póliza de una aseguradora por la de otra. El prestamista sí puede exigir que la cobertura sea adecuada y la aseguradora financieramente sólida, pero sus criterios de desaprobación deben basarse únicamente en estándares razonables aplicados uniformemente.

CompruebeUn agente le dice a un propietario que la cobertura de inundación la exige la ley estatal, la agrega sin discutirla y envía la factura al agente de plica de la hipoteca. Para cerrar el trato ofrece una tarjeta de regalo de restaurante de $150 y promete devolverle una cuarta parte de su comisión, diciendo que lo hace con los buenos clientes. Nombre cada violación y diga cuál de las dos partidas de dinero podría llegar a ser lícita.

Disciplina: la 626.611 debe, la 626.621 puede, y qué pasa después

Dos listas separadas por un verbo.

Bajo la s. 626.611(1), F.S., el departamento debe (shall) negar la solicitud, suspender, revocar o rehusar renovar o continuar la licencia o el nombramiento, y debe suspender o revocar la elegibilidad para tenerlos, si se acredita alguna de las causales enumeradas. No tiene discreción. Las causales incluyen la falta de uno o más de los requisitos de la licencia (a); declaración falsa material, tergiversación o fraude al obtener la licencia (b); no aprobar el examen exigido (c); uso intencional de la licencia para eludir el código (d); tergiversación intencional de una póliza o contrato de anualidad o engaño intencional sobre ellos (e); tergiversación material a un asegurado sobre el ajuste de una reclamación (f); falta demostrada de idoneidad o confiabilidad (g); falta demostrada de conocimiento y competencia técnica razonablemente adecuados (h); prácticas fraudulentas o deshonestas en la conducción del negocio (i); apropiación indebida, conversión o retención ilícita de dineros pertenecientes a aseguradoras, asegurados, beneficiarios u otros y recibidos en calidad fiduciaria (j); rebating ilícito o división ilícita de comisiones (k); usar la licencia principalmente para negocio controlado (l); incumplir o violar intencionalmente una orden o regla del departamento o una disposición del código (m); y condenas o declaraciones de culpabilidad descalificantes (n).

La s. 626.611(2), F.S., añade un paso que sorprende. Al recibir información o una acusación formal, el departamento debe suspender de inmediato y de forma temporal la licencia o el nombramiento cuando al licenciatario se le imputa un delito grave de los enumerados en la s. 626.207(2), F.S., y esa suspensión continúa si el licenciatario es hallado culpable o se declara culpable o nolo contendere, se dicte o no sentencia condenatoria, mientras esté pendiente una apelación. Imputado, no condenado.

Bajo la s. 626.621, F.S., el departamento puede (may) actuar de forma discrecional. Las causales incluyen cualquier causa que habría sustentado la negativa de haber existido al momento de la solicitud (1); violar cualquier disposición del código o cualquier orden o regla legítima (2) y (3); no remitir dinero perteneciente a una aseguradora (4); twisting (5); competencia desleal o práctica desleal o engañosa (6); sobreaseguramiento intencional (7); hacer trampa en el examen de licencia (9); no informar al departamento dentro de 30 días de una declaración de culpabilidad, condena o hallazgo de culpabilidad por delito grave (10); ayudar a sabiendas a una violación del código (11); acción adversa de un tribunal o agencia en materia de valores o commodities (12); incumplimiento de manutención infantil (13); aceptar compensación por referir a un inspector de propiedades (14); negativa, suspensión o revocación de licencia en otra profesión regulada o en otro estado (15); dejar accesible al público la información financiera o médica de un consumidor (16); iniciar contacto de venta en persona o por teléfono después de las 9 p. m. o antes de las 8 a. m., hora local del prospecto, salvo que este lo haya solicitado (17); y la cancelación de una licencia de residente en otro estado (18).

Cuando los hechos tocan ambas listas, prevalece el resultado obligatorio. Si la pregunta dice si el departamento debe actuar, está en la s. 626.611, F.S. Secciones paralelas hacen lo mismo con las agencias licenciadas: la s. 626.6115, F.S., es la lista obligatoria y la s. 626.6215, F.S., la discrecional.

Una vez impuesta la disciplina, la s. 626.641, F.S., define qué significa:

  • El departamento debe especificar en su orden el período de suspensión, y ese período no puede exceder 2 años.
  • Una licencia suspendida no se reinstala salvo mediante la presentación y aprobación de una solicitud de reinstalación, y en una segunda suspensión el departamento puede exigir cursos de educación continua que él prescriba. Dejar correr el plazo no restaura nada por sí solo.
  • Nadie a quien se le haya revocado la licencia, el nombramiento o la elegibilidad puede solicitar otra licencia o nombramiento bajo el código dentro de los 2 años siguientes a la fecha de efectividad de la revocación, o dentro de los 2 años siguientes a la orden o decreto judicial final que confirme la revocación si se buscó revisión judicial.
  • Durante la suspensión o revocación, el ex licenciatario no puede realizar ni pretender realizar ninguna transacción o negocio para el cual se requiera licencia o nombramiento, ni puede ser empleado por ningún agente, agencia, ajustador o firma de ajuste. Dar servicio a cuentas existentes sigue siendo ejercer la actividad licenciada.
  • En la misma sección hay tres prohibiciones permanentes. El departamento debe rehusar otorgar una licencia nueva cuando la revocación se basó en la causal de negocio controlado de la s. 626.611(1)(l), F.S. Cuando la licencia o elegibilidad de agente o representante de clientes de un individuo ha sido revocada en dos ocasiones separadas, el departamento no puede después emitirle ninguna licencia bajo el código. La misma prohibición permanente aplica cuando la revocación resultó de la solicitación o venta de un producto de seguros a una persona de 65 años o más.

Las multas contra licenciatarios individuales salen de la s. 626.681, F.S. En lugar de, o además de, la suspensión, revocación o negativa, y salvo en una segunda infracción o cuando la acción sea obligatoria, el departamento puede imponer una multa administrativa de hasta $500, o de hasta $3,500 si halló mala conducta intencional o una violación intencional. La multa puede aumentarse en un monto igual a cualquier comisión recibida o acreditada al licenciatario en relación con la transacción, así que la exposición real puede superar el tope. La s. 626.681(2), F.S., fija un techo distinto de hasta $10,000 por infracción para una agencia de seguros. Bajo la s. 626.681(3), F.S., el departamento puede conceder un plazo razonable no mayor de 30 días para pagar, y si la multa no se paga en su totalidad dentro de ese plazo, la licencia, el nombramiento o la aprobación quedan suspendidos, revocados o rehusados.

El historial penal se gradúa aparte bajo la s. 626.207, F.S. Cinco categorías conllevan prohibición permanente de licencia: delito grave de primer grado; delito capital; delito grave que involucre lavado de dinero; delito grave de malversación; o delito grave directamente relacionado con el negocio de servicios financieros. Ningún tiempo transcurrido las cura, y la última categoría es amplia, porque un delito grave directamente relacionado con el negocio de servicios financieros activa la prohibición haya habido o no fraude como elemento. Fuera de la prohibición permanente, los delitos graves que involucran vileza moral conllevan un período descalificante de 15 años; todos los demás delitos graves, 7 años; y los delitos menores directamente relacionados con el negocio de servicios financieros o con cualquier violación del Código de Seguros de Florida, 7 años. Los períodos descalificantes comienzan con la liberación final de supervisión o el cumplimiento de la sentencia penal, no en la fecha de la condena, y todas las multas y restituciones deben estar pagadas. Cumplido el período, el solicitante carga con la prueba de su rehabilitación, idoneidad y confiabilidad.

Una herramienta más de aplicación: el departamento o la oficina pueden emitir una orden de cese y desistimiento bajo la s. 626.9581, F.S., y bajo la s. 626.9601, F.S., quien viole esa orden mientras esté vigente, previa notificación y audiencia, queda sujeto a una multa de no más de $50,000 respecto de todos los asuntos determinados en la audiencia, además de la suspensión o revocación del certificado de autoridad, la licencia o la elegibilidad.

CompruebeUna licenciataria violó una orden legítima del DFS en un asunto y, en otro, se apropió indebidamente de $8,000 de primas en calidad fiduciaria. El DFS revoca. Dos años y un día después vuelve a solicitar, argumentando que pagó todas las multas. Determine qué estatuto rige cada causal, si el DFS tenía que actuar, cuál habría sido la multa administrativa máxima en lugar de la revocación, y si la nueva solicitud puede considerarse.

Sanciones, fraude de seguros y el recurso civil tras las reformas de 2022 y 2023

Las multas por prácticas comerciales desleales de la s. 626.9521(2), F.S., son las cifras que más material de estudio trae mal, porque las subió el capítulo 2023-172, Leyes de Florida, con vigencia desde el 1 de julio de 2023.

  • Actual: no más de $12,500 por cada infracción no intencional y no más de $100,000 por cada infracción intencional. Las multas de ese inciso impuestas a una aseguradora no pueden exceder un agregado de $50,000 por todas las infracciones no intencionales derivadas de la misma acción, ni $500,000 por todas las intencionales derivadas de la misma acción.
  • Antes del 1 de julio de 2023: $5,000 no intencional y $40,000 intencional, con agregados para aseguradoras de $20,000 y $200,000.

Lea el lenguaje del agregado de forma estricta. Está redactado como un límite a las multas impuestas a una aseguradora, así que una persona que no es aseguradora tiene tope por infracción y ningún agregado bajo el inciso (2).

El inciso (3) trae sus propias cifras más altas, y también se movieron en 2023:

  • Twisting o churning: delito menor de primer grado, más una multa administrativa de no más de $12,500 por cada infracción no intencional y no más de $187,500 por cada infracción intencional, donde la cifra intencional exige conducta fraudulenta (s. 626.9521(3)(a), F.S.). Las cifras anteriores eran $5,000 y $75,000.
  • Presentar intencionalmente firmas fraudulentas en una solicitud o documento relacionado con la póliza bajo la s. 626.9541(1)(ee), F.S.: delito grave de tercer grado, más una multa administrativa de no más de $187,500 por cada infracción (s. 626.9521(3)(b), F.S.).
  • Una violación de la parte IX relacionada con una pérdida o reclamación cubierta causada por una emergencia para la cual el Gobernador declaró estado de emergencia bajo la s. 252.36, F.S.: no más de $25,000 por cada infracción no intencional y $200,000 por cada intencional, con agregados para aseguradoras de $100,000 no intencional y $1 millón intencional derivados de la misma acción (s. 626.9521(3)(c), F.S.).
  • Las multas de los párrafos (a) y (b) no pueden exceder un agregado de $125,000 no intencional o $625,000 intencional derivados de la misma acción (s. 626.9521(3)(d), F.S.). Esos agregados eran $50,000 y $250,000 antes de 2023.

El fraude de seguros de la s. 817.234, F.S., se gradúa por el valor de la propiedad involucrada, no por lo que exigió el reclamante ni por si la aseguradora pagó. Bajo el inciso (11), menos de $20,000 es delito grave de tercer grado; $20,000 o más pero menos de $100,000 es de segundo grado; $100,000 o más es de primer grado. No existe un nivel de delito menor para una reclamación falsa hecha a sabiendas de ese tamaño.

La advertencia impresa en los formularios es otra regla y solo nombra el piso. La s. 817.234(1)(b), F.S., exige que todos los formularios de reclamación y las solicitudes de seguro contengan una declaración aprobada por la Oficina de Regulación de Seguros, en el sentido de que cualquier persona que a sabiendas y con intención de dañar, defraudar o engañar a una aseguradora presente una declaración de reclamación o una solicitud con información falsa, incompleta o engañosa es culpable de delito grave de tercer grado. Alcanza tanto las solicitudes como los formularios de reclamación, y por eso aparece sobre la línea de firma del solicitante; los contratos y transacciones de reaseguro están exceptuados.

El recurso civil de la s. 624.155, F.S., se rediseñó dos veces en dieciocho meses y los candidatos pierden puntos en las partes que no cambiaron.

La condición previa sobrevivió. El reclamante debe dar al departamento y a la aseguradora autorizada un aviso escrito de la violación con 60 días de antelación, en el formulario del departamento (s. 624.155(3)(a), F.S.). El aviso debe indicar la disposición legal específica violada, los hechos y circunstancias, los nombres de las personas involucradas y el texto de la póliza en que se apoya. La entrega se hace a través del departamento: el reclamante presenta el civil remedy notice ante el departamento, que lo transmite a la dirección de correo electrónico que la aseguradora designó bajo la s. 624.422, F.S. No procede acción si, dentro de los 60 días siguientes a que la aseguradora reciba ese aviso del departamento, se pagan los daños o se corrigen las circunstancias que originaron la violación. Bajo el párrafo (3)(f), no puede presentarse un civil remedy notice dentro de los 60 días siguientes a que cualquier parte invoque el avalúo (appraisal) en una reclamación de propiedad residencial.

Lo que agregaron 2022 y 2023:

  • La s. 624.1551, F.S., creada en la sesión especial de mayo de 2022 y enmendada en la de diciembre de 2022, impide toda reclamación de daños extracontractuales bajo la s. 624.155(1)(b), F.S., derivada de una póliza de propiedad hasta que el asegurado haya establecido, mediante una adjudicación adversa de un tribunal, que la aseguradora incumplió el contrato y se haya dictado sentencia o decreto final en su contra. Aceptar una oferta de sentencia bajo la s. 768.79, F.S., y el pago de un laudo de avalúo no cuentan como esa adjudicación adversa.
  • El capítulo 2023-15, Leyes de Florida, agregó la s. 624.155(4), F.S.: en una reclamación de seguro de responsabilidad, no procede acción de mala fe si la aseguradora ofrece el menor entre los límites de la póliza y el monto exigido por el reclamante dentro de los 90 días siguientes a recibir aviso efectivo de la reclamación acompañado de evidencia suficiente para sustentar el monto.
  • La misma ley agregó la s. 624.155(5), F.S.: la mera negligencia por sí sola no basta para constituir mala fe, y el asegurado, el reclamante y sus representantes tienen su propio deber de actuar de buena fe, que el juzgador de los hechos puede ponderar para reducir los daños.
  • La misma ley derogó los estatutos de honorarios de abogado en una sola vía, la s. 627.428 y la s. 626.9373, F.S. Ambos desaparecieron de los Estatutos de Florida. El reemplazo estrecho, la s. 86.121, F.S., concede honorarios razonables al asegurado nombrado, asegurado ómnibus o beneficiario nombrado que obtenga una sentencia declarativa sobre cobertura tras una negación total de la reclamación, expresamente no aplica a ninguna acción derivada de una póliza de propiedad residencial o comercial, y considera que una defensa ofrecida bajo reserva de derechos no es una negación de cobertura. Los manuales impresos antes de marzo de 2023 todavía enseñan las secciones derogadas como derecho vigente, y ese es uno de los puntos más fáciles de perder.

Fíjese en lo que no cambió. La s. 624.155(1)(a), F.S., sigue permitiendo demandar por una violación de la s. 626.9541(1)(i), (o) o (x), o de la s. 626.9551, F.S., entre otras, y el estatuto dice expresamente que no hace falta cumplir el requisito de frecuencia incorporado en la s. 626.9541(1)(i)3. para ejercer el recurso civil. La s. 624.155(7), F.S., sigue concediendo daños, costas y honorarios razonables de abogado al demandante ante una adjudicación adversa bajo esta sección, de modo que la derogación de los estatutos de honorarios en una sola vía no eliminó los honorarios en una acción legal de mala fe exitosa.

Un plazo pequeño que aparece en su propia pregunta: bajo la s. 627.4265, F.S., cuando una persona y una aseguradora han acordado por escrito transigir una reclamación, la aseguradora debe ofrecer el pago conforme a los términos del acuerdo a más tardar 20 días después de alcanzada la transacción. El pago no ofrecido para entonces devenga intereses al 12 por ciento anual desde la fecha del acuerdo. El pago puede condicionarse a la firma de un finiquito mutuamente aceptable y, en ese caso, los intereses no empiezan a correr hasta que el finiquito firmado se entrega a la aseguradora. La sanción es interés legal, no una multa diaria.

CompruebeLa aseguradora de un propietario, después de que un ajustador confirmó una pérdida cubierta de $45,000, demora el expediente cinco meses y ofrece una fracción. El propietario quiere demandar por mala fe y además reporta que un vecino presentó una reclamación inflada valorada en $45,000. En la misma investigación el DFS halla que la aseguradora cometió once violaciones intencionales de prácticas comerciales desleales derivadas de la misma acción de manejo de reclamaciones. Analice las tres exposiciones.

Dónde se pierden puntos

✗ La licencia y el nombramiento suenan al mismo permiso, así que los candidatos suponen que aprobar el examen y recibir la licencia es el final del proceso.

✓ La s. 626.112(1)(a), F.S., exige ambos: nadie puede ser, actuar como ni presentarse como agente de seguros salvo que tenga licencia vigente del departamento Y nombramiento de una entidad nombradora apropiada. No hay período de gracia que permita transar primero y obtener el nombramiento después, y hacer que un agente con licencia y nombramiento firme la solicitud después no lo arregla, porque gestionar el negocio ya es presentarse como agente. La s. 626.311, F.S., lo dice desde el otro lado: un agente no puede transar ninguna clase para la cual no tenga nombramiento vigente registrado ante el departamento, y por eso un 2-20 que quiera colocar salud igual necesita el nombramiento de la aseguradora de salud aunque la licencia misma cubra salud.

✗ Twisting, churning y sliding describen a un agente moviendo al cliente, así que los tres términos se usan como sinónimos.

✓ Cada uno se define por un elemento distinto. El twisting, s. 626.9541(1)(l), F.S., se define por la TERGIVERSACIÓN: declaraciones engañosas hechas a sabiendas, comparaciones incompletas o fraudulentas u omisiones materiales fraudulentas que inducen a caducar, perder, rescatar, terminar, retener, pignorar, ceder, tomar préstamo o convertir, o a contratar con otra aseguradora. El churning, s. 626.9541(1)(aa), F.S., se define por la FUENTE DE FONDOS: valores que ya están dentro de la póliza existente del cliente se usan para comprar otro contrato con la MISMA aseguradora y generar compensación adicional, sin base objetivamente razonable para creer que hay un beneficio real y demostrable. El sliding, s. 626.9541(1)(z), F.S., se define por lo AÑADIDO: representar que una cobertura la exige la ley cuando no es así, cobrar por algo que el solicitante no pidió a sabiendas, o vincular cobertura sin consentimiento informado. Un límite de alcance resuelve casi todas las preguntas del 2-20: el churning solo alcanza valores de una póliza de vida o un contrato de anualidad existentes, así que no puede cometerse con una póliza de propiedad o casualidad. El twisting no tiene esa limitación.

✗ Tres años y cinco años son ambos períodos de conservación reales del Código de Seguros, así que los candidatos eligen el que vieron más recientemente.

✓ Son estatutos distintos que cubren registros distintos con puntos de partida distintos. La s. 626.748, F.S., es el expediente de la póliza: reportes diarios, solicitudes, endosos de cambio y documentos firmados o iniciados por el asegurado, conservados en la oficina o fácilmente accesibles por medios electrónicos o fotográficos durante al menos 5 años DESPUÉS DEL VENCIMIENTO DE LA PÓLIZA. La s. 626.561(2), F.S., es el expediente del dinero: libros, cuentas y registros relativos al pago de una prima, conservados al menos 3 años DESPUÉS DEL PAGO. Una tercera regla de cinco años está en la s. 626.572, F.S., donde el agente que rebaja comisión debe conservar el cronograma de rebajas 5 años. Note que el reloj de la 626.748 arranca en el vencimiento, no en la emisión, así que en una póliza de tres años la conservación real corre ocho años desde la venta.

✗ Tanto la 626.611 como la 626.621 enumeran causales de suspensión y revocación, así que parecen una sola lista larga dividida en dos secciones.

✓ La distinción es el verbo. Bajo la s. 626.611, F.S., el departamento DEBE negar, suspender, revocar o rehusar renovar o continuar. Bajo la s. 626.621, F.S., el departamento PUEDE, a su discreción. Si la pregunta dice si el departamento debe actuar, está en la 626.611. Entre las causales obligatorias están la apropiación de fondos fiduciarios (1)(j), el rebating ilícito o la división ilícita de comisiones (1)(k), el negocio controlado (1)(l) y la falta demostrada de idoneidad o confiabilidad (1)(g). Entre las discrecionales están no remitir dinero perteneciente a una aseguradora (4), el twisting (5), no reportar una declaración de culpabilidad o condena por delito grave dentro de 30 días (10), el incumplimiento de manutención infantil (13) y la solicitación después de las 9 p. m. o antes de las 8 a. m., hora local del prospecto (17). Cuando los hechos tocan ambas listas, prevalece el resultado obligatorio. La misma división existe para las agencias en las ss. 626.6115 y 626.6215, F.S.

✗ El Código de Seguros contiene cuatro techos distintos de multa administrativa y todos se recuerdan como una sola cifra.

✓ Empareje la cifra con el sujeto y el estatuto. Disciplina de licenciatario individual, s. 626.681(1), F.S.: hasta $500, o hasta $3,500 si el departamento halló mala conducta intencional o violación intencional, aumentada por cualquier comisión de la transacción. Disciplina de agencia de seguros, s. 626.681(2), F.S.: hasta $10,000 por infracción. Operar una agencia de seguros sin licencia, s. 626.112(7)(c), F.S.: hasta $10,000. Prácticas comerciales desleales, s. 626.9521(2), F.S.: hasta $12,500 no intencional y hasta $100,000 intencional, con agregados para aseguradoras de $50,000 y $500,000 derivados de la misma acción. Violar una orden de cese y desistimiento, s. 626.9601, F.S.: hasta $50,000 respecto de todos los asuntos determinados en la audiencia. No responder a la División de Servicios al Consumidor, s. 624.307(10)(b), F.S.: hasta $5,000 por infracción para una entidad y hasta $1,000 para un individuo.

✗ El material de estudio publicado antes de julio de 2023 imprime $5,000 y $40,000 como multas por prácticas comerciales desleales, y esas cifras siguen circulando en materiales de curso.

✓ El capítulo 2023-172, Leyes de Florida, subió todas las cifras de la s. 626.9521, F.S., con vigencia desde el 1 de julio de 2023. Las violaciones generales pasaron de $5,000 no intencional y $40,000 intencional a $12,500 y $100,000, y los agregados para aseguradoras derivados de la misma acción pasaron de $20,000 y $200,000 a $50,000 y $500,000. El twisting y el churning pasaron de $5,000 y $75,000 a $12,500 y $187,500, y la cifra intencional sigue exigiendo conducta fraudulenta. Las firmas fraudulentas bajo la s. 626.9541(1)(ee), F.S., llevan hasta $187,500 por infracción. El agregado de esos dos párrafos pasó de $50,000 y $250,000 a $125,000 y $625,000. Las violaciones ligadas a una emergencia del párrafo (3)(c) son $25,000 no intencional y $200,000 intencional, con agregados para aseguradoras de $100,000 y $1 millón. Si una pregunta de práctica todavía premia $5,000, la desactualizada es la pregunta, no usted.

✗ Foreign y alien se leen como en el inglés cotidiano, y el domicilio se confunde con si la aseguradora puede escribir en Florida.

✓ Dos ejes independientes. El domicilio, s. 624.06, F.S., es dónde se constituyó la aseguradora y nunca cambia: doméstica es constituida bajo las leyes de Florida, foreign es constituida bajo las leyes de otro estado, distrito, territorio o mancomunidad de los Estados Unidos, y alien es ninguna de las dos, es decir, en la práctica, constituida fuera de los Estados Unidos. La autorización, s. 624.09, F.S., es si la OIR emitió un certificado de autoridad vigente: la aseguradora autorizada lo tiene, la no autorizada no. Una compañía de Georgia con certificado de autoridad de Florida es foreign y autorizada a la vez, y una de Bermudas con certificado es alien y autorizada. Alien nunca significa no autorizada, y doméstica nunca significa estadounidense.

✗ La terminación del nombramiento tiene un 60, un 30 y un 10, y los tres números se le pegan a la parte que la pregunta mencione primero.

✓ Cada número tiene su destinatario. Sesenta días es el aviso previo escrito que se debe al NOMBRADO antes de una terminación ordinaria, s. 626.471(1), F.S., y se desactiva con una causal que sustente suspensión o revocación bajo la s. 626.611 o la s. 626.621, F.S., o con una cláusula contractual en contrario. Treinta días es el plazo para presentar al DEPARTAMENTO el aviso escrito de terminación después de terminar, junto con la declaración de que el nombrado recibió el aviso requerido, s. 626.471(2), F.S. Diez días es el plazo de la s. 626.511(2), F.S., para la declaración de razones y hechos, contado desde la presentación del aviso de terminación, y son 30 días cuando el nombramiento simplemente no se continuó ni renovó. Presentar temprano no satisface un requisito distinto, y ninguna de estas presentaciones va a la OIR. Lo que se entregue bajo la s. 626.511, F.S., es confidencial y está exento de la s. 119.07(1), F.S.

✗ El límite de obsequios promocionales se recuerda como $25 y el período de medición se recuerda como por póliza.

✓ La s. 626.9541(1)(m), F.S., permite un artículo de mercancía, bienes, tarjetas de regalo de tienda, certificados de regalo, boletos para eventos, servicios antifraude o de mitigación de pérdidas u otros artículos con valor total de $100 o menos por asegurado o prospecto en CUALQUIER AÑO CALENDARIO, y permite contribuciones caritativas en su nombre hasta esos mismos $100 por año calendario. La cifra de $25 es derecho vigente, pero es el tope aparte para agentes, agencias y aseguradoras de seguro de título únicamente. El límite era de $25 para todos hasta que subió a $100 en 2018, y por eso los manuales viejos todavía lo imprimen. Como el párrafo (m) está redactado como permiso, un obsequio dentro del límite no es una rebaja ni inducción ilícita del párrafo (h).

✗ Los esquemas antiguos dicen que el licenciatario tiene 20 días para responder a la División de Servicios al Consumidor, y esa cifra se confunde fácilmente con otros plazos del Código de Seguros.

✓ El plazo vigente en la s. 624.307(10)(b), F.S., es de 14 días desde que se recibe la solicitud escrita de documentos e información de la división sobre una queja de consumidor, y la respuesta debe ser escrita o electrónica, debe atender los planteamientos y alegaciones y debe incluir los documentos solicitados que no estén protegidos por privilegio. El deber alcanza ahora a toda persona con licencia, con certificado de autoridad o declarada asegurador elegible de líneas excedentes. Las multas son de hasta $5,000 por infracción para una entidad y hasta $1,000 por infracción para un individuo. Hasta el 1 de julio de 2023 el mismo párrafo daba 20 días y topaba las multas en $2,500 para una entidad, con $250, luego $500 y luego hasta $1,000 para un individuo. El capítulo 2023-172, Leyes de Florida, hizo el cambio.

✗ Tras las reformas de seguros de propiedad de 2022 y 2023, se supone que el civil remedy notice fue abolido junto con todo lo demás.

✓ No lo fue. La s. 624.155(3), F.S., sigue haciendo del aviso escrito de recurso civil a 60 días, presentado ante el departamento en su formulario y transmitido por el departamento a la dirección de correo electrónico designada por la aseguradora bajo la s. 624.422, F.S., una condición previa a la acción legal de mala fe, y no procede acción si la aseguradora paga los daños o corrige las circunstancias dentro de los 60 días siguientes a recibirlo. Lo que las reformas agregaron son más puertas, no menos: la s. 624.1551, F.S., exige una adjudicación adversa de un tribunal y una sentencia final antes de cualquier reclamación extracontractual derivada de una póliza de propiedad, y ni el pago de un avalúo ni una oferta de sentencia aceptada cuentan; la s. 624.155(4), F.S., da al asegurador de responsabilidad un puerto seguro si ofrece el menor entre los límites y el monto exigido dentro de 90 días del aviso efectivo con evidencia suficiente; la s. 624.155(5), F.S., dice que la mera negligencia por sí sola no basta; y la s. 624.155(3)(f), F.S., impide presentar el aviso dentro de los 60 días siguientes a invocarse el avalúo en una reclamación de propiedad residencial. El avalúo es un mecanismo de valuación, nunca una condición previa a la acción legal, y la mediación del DFS bajo la s. 627.7015, F.S., tampoco lo es.

✗ La advertencia de fraude impresa en cada formulario de reclamación dice delito grave de tercer grado, así que los candidatos tratan el tercer grado como la respuesta a cualquier pregunta sobre graduación del fraude de seguros.

✓ El tercer grado es el piso que nombra la advertencia exigida por la s. 817.234(1)(b), F.S. El cargo real sube con el valor de la propiedad involucrada según la s. 817.234(11), F.S.: menos de $20,000 es delito grave de tercer grado, $20,000 o más pero menos de $100,000 es de segundo grado, y $100,000 o más es de primer grado. Que la aseguradora haya pagado no es un elemento, presentar la declaración falsa consuma el delito, y no hay nivel de delito menor. La misma forma aparece en la s. 624.401(4), F.S., donde el párrafo (4)(a) fija un delito grave de tercer grado plano por transar sin certificado de autoridad, pero el párrafo (4)(b) escala según la prima cobrada cuando el actor actuó como asegurador, y en la s. 626.561(3), F.S., donde el desvío de primas de $300 o menos es delito menor de primer grado y todo lo demás sube por monto.

✗ La educación continua se recuerda como un curso de actualización de ley y ética de 5 horas, que es como lo llamaron los catálogos de cursos durante años.

✓ La s. 626.2815(3), F.S., ahora exige un curso de actualización de 4 horas cada 2 años, específico de una licencia que se posea y ofrecido por un proveedor aprobado por el departamento. El capítulo 2019-140, Leyes de Florida, lo bajó de 5 a 4 horas y movió esa hora a la columna de electivas, así que los totales no se movieron: 20 electivas más el curso son 24 horas en el nivel estándar; 16 electivas más el curso son 20 horas con 6 años o más de licencia; y 6 electivas más el curso son 10 horas para el licenciatario de 25 años o más que sea CLU o CPCU o tenga licenciatura o grado superior en administración de riesgos o seguros con 18 o más horas semestre de cursos de seguros. El representante de clientes que no sea agente licenciado de vida o salud tiene un mínimo de 6 horas. Cumplir es condición previa a la emisión, continuación, reinstalación o renovación de cualquier nombramiento.

✗ Los candidatos suponen que un agente de líneas generales 2-20 necesita una 2-15 para tocar seguros de salud, y que la licencia de líneas personales es solo una versión reducida de la de líneas generales.

✓ La s. 626.311(1), F.S., dice que la licencia del agente de líneas generales lo califica para todas las líneas de propiedad, marítimo, casualidad y fianzas excepto fianzas de excarcelación, que requieren licencia aparte bajo el capítulo 648, F.S., y luego agrega que la licencia del agente de líneas generales TAMBIÉN CUBRE SEGURO DE SALUD. No hace falta una 2-15, aunque sí el nombramiento de la aseguradora de salud. El agente de líneas personales, la 20-44, está confinado a seguros de propiedad y casualidad vendidos a individuos y familias con fines no comerciales, que es un alcance distinto, no un subconjunto con la misma autoridad. Existe además una licencia separada de agente de salud bajo la s. 626.311(3), F.S., para productores que solo venden salud, y cubre todas las clases de seguro de salud.

✗ Incorporar la agencia se trata como escudo de responsabilidad, y la designación del agente a cargo se trata como puro papeleo.

✓ La s. 626.734, F.S., dice que el agente de líneas generales que sea oficial, director o accionista de una agencia de líneas generales incorporada sigue siendo personal y plenamente responsable por los actos ilícitos, la mala conducta o las violaciones al código cometidas por él o por cualquiera bajo su supervisión y control directos mientras actúa para la corporación. La misma sección limita la exposición: no hay responsabilidad penal ni procedimiento disciplinario salvo que la persona haya cometido el acto personalmente o haya sabido o debido saber de él. La s. 626.0428(4)(e), F.S., aplica la estructura idéntica al agente a cargo. Y la designación no es papeleo: bajo la s. 626.0428(4)(f), F.S., si el agente a cargo designado termina su vinculación, no se designa reemplazo dentro de los 30 días que permite el párrafo (4)(c) y el incumplimiento continúa 90 días, la licencia de la agencia expira automáticamente el día 91.

Números que debe memorizar

Peso de los estatutos de Florida comunes a todas las líneas en el 2-2015% del examen; la sección de ley de Florida en conjunto es 36% (15% común, 15% propiedad y casualidad, 6% adicional) (Florida Insurance Examination Content Outlines vigentes desde el 1 de enero de 2026)
Formato del examen 2-20160 preguntas calificadas más 15 preguntas de prueba no calificadas, 180 minutos, 70% para aprobar (Florida Insurance Examination Content Outlines vigentes desde el 1 de enero de 2026)
Cabeza del Departamento de Servicios FinancierosEl Director Financiero (CFO), miembro electo del Gabinete (s. 20.121(1), F.S.)
Integración y votación de la Comisión de Servicios FinancierosGobernador, Fiscal General, Director Financiero y Comisionado de Agricultura; se actúa por mayoría con al menos 3 votos afirmativos (s. 20.121(3), F.S.)
Nombramiento o remoción del director de una oficinaPor mayoría de al menos 3 votos afirmativos con el Gobernador y el Director Financiero del lado ganador (s. 20.121(3), F.S.)
Qué regula la OIRTodo lo relativo a aseguradoras y otras entidades que asumen riesgo: autorización, tarifas, formularios, conducta de mercado, reclamaciones, certificados de autoridad, solvencia, acuerdos viáticos, financiamiento de primas, supervisión administrativa (s. 20.121(3)(a)1., F.S.)
Plazo de respuesta a la División de Servicios al Consumidor14 días desde recibir la solicitud escrita de la división; multa de hasta $5,000 por infracción para una entidad y hasta $1,000 por infracción para un individuo (s. 624.307(10)(b), F.S.; eran 20 días y $2,500 antes del 1 de julio de 2023)
Definición de realizar transacciones de segurosSolicitación o inducción; negociaciones preliminares; formalización de un contrato de seguro; gestión de asuntos posteriores a la formalización que surjan de él (s. 624.10(5), F.S.)
Aseguradora doméstica, foreign y alienDoméstica: constituida bajo las leyes de Florida. Foreign: constituida bajo las leyes de otro estado, distrito, territorio o mancomunidad de EE. UU. Alien: ninguna de las dos, o sea constituida fuera de EE. UU. (s. 624.06, F.S.)
Aseguradora autorizada y no autorizadaAutorizada: tiene un certificado de autoridad vigente emitido por la oficina. No autorizada: no lo tiene (s. 624.09, F.S.)
Transar seguros sin certificado de autoridadDelito grave de tercer grado (s. 624.401(4)(a), F.S.)
Actuar como asegurador sin certificado de autoridad, graduado por prima cobradaMenos de $20,000: delito grave de tercer grado, mínimo obligatorio 1 año. $20,000 a menos de $100,000: segundo grado, 18 meses. $100,000 o más: primer grado, 2 años (s. 624.401(4)(b), F.S.)
Transar seguros sin licencia a sabiendasDelito grave de tercer grado, y el mismo grado aplica a ayudar a sabiendas a una persona sin licencia (s. 626.112(10), F.S.)
Responsabilidad por colocar negocio con una aseguradora no autorizadaResponde ante el asegurado por el monto total de la reclamación o pérdida no pagada, si supo o razonablemente debió saber (s. 626.901(2), F.S.); el contrato no queda invalidado (s. 626.901(3), F.S.)
Entregar suministros a un productor sin nombramientoProhibido; si luego se acepta el negocio, la aseguradora responde civilmente ante el asegurado como si la persona hubiera estado nombrada. Se exceptúan líneas excedentes bajo ss. 626.913-626.937 (s. 626.342, F.S.)
Edad mínima y residencia para la licencia de líneas generalesAl menos 18 años, ciudadano estadounidense o extranjero legal con autorización de trabajo, y residente de buena fe de Florida con cualquier otra licencia de residente cancelada (s. 626.731(1), F.S.)
Ruta de curso de prelicencia 2-20200 horas de curso aprobado por el departamento en propiedad, casualidad, fianzas, salud y marítimo, de las cuales 3 horas deben ser de ética, completadas dentro de los 4 años previos a la solicitud (s. 626.732(1), F.S.)
Ruta de experiencia 2-20 sin cursoAl menos 1 año en funciones responsables de seguros como empleado de buena fe sustancialmente a tiempo completo en todas las líneas de propiedad y casualidad, dentro de los 4 años previos a la solicitud (s. 626.732(1), F.S.)
Ruta 2-20 combinada de experiencia y cursoAl menos 1 año de funciones responsables como representante de clientes, representante de servicio o agente de líneas personales con licencia y nombramiento, más 40 horas de curso aprobado (s. 626.732(1), F.S.)
Exención de examen para el solicitante de líneas generalesLa designación CPCU exime al solicitante de agente de líneas generales, agente de líneas personales o ajustador de todas las líneas; CLU es el equivalente de vida y salud. El departamento puede aún examinar sobre el Código de Seguros de Florida (s. 626.221, F.S.)
Alcance de la licencia 2-20 de líneas generalesTodas las líneas de propiedad, marítimo, casualidad y fianzas excepto fianzas de excarcelación, que requieren licencia del capítulo 648; la licencia también cubre seguro de salud (s. 626.311(1), F.S.)
Duración de la licencia temporalNo renovable, por un período que no exceda 6 meses (s. 626.175(1), F.S.)
Quién puede recibir una licencia temporal de líneas generalesUn empleado, familiar, socio comercial o representante personal de un agente que falleció o quedó incapacitado por servicio militar, enfermedad u otra discapacidad física o mental (s. 626.175(1), F.S.)
Requisito de licencia más nombramientoNadie puede ser, actuar como, anunciarse ni presentarse como agente, ajustador o representante de clientes salvo que tenga licencia vigente del departamento Y nombramiento (s. 626.112(1)(a), F.S.)
Ciclo de renovación del nombramientoSolicitud de renovación presentada por la entidad nombradora en el mes de nacimiento del nombrado si es persona natural, o el mes en que se emitió el nombramiento original si es entidad, y cada 24 meses en adelante (s. 626.381(1), F.S.)
Quién paga la cuota de presentación tardía del nombramientoLa entidad nombradora; no puede cobrarse al nombrado (s. 626.381(4), F.S.)
Aviso previo al nombrado antes de la terminaciónAl menos 60 días de aviso escrito, salvo que exista una causal que sujete al nombrado a suspensión o revocación bajo la s. 626.611 o la s. 626.621, o que el contrato disponga otra cosa (s. 626.471(1), F.S.)
Presentación de la terminación ante el departamentoDentro de los 30 días siguientes a terminar el nombramiento, con una declaración de que el nombrado recibió el aviso requerido (s. 626.471(2), F.S.)
Presentación de las razones y hechos de la terminaciónDentro de los 10 días siguientes a presentar el aviso de terminación; dentro de 30 días cuando el nombramiento simplemente no se continuó ni renovó. La presentación es confidencial y exenta de la s. 119.07(1), F.S. (s. 626.511, F.S.)
Sucursal de una agencia licenciadaNo requiere licencia de agencia aparte si opera bajo el mismo nombre y número federal de identificación tributaria, tiene agente a cargo designado y su dirección y teléfono están registrados ante el departamento dentro de los 30 días siguientes al inicio de transacciones allí (s. 626.112(7)(b), F.S.)
Multa por operar una agencia de seguros sin licenciaMulta administrativa de hasta $10,000 (s. 626.112(7)(c), F.S.)
Líneas para las que debe estar licenciado el agente a cargoAl menos dos de las líneas que se manejan en esa ubicación; si allí solo se maneja una línea, la licencia de esa línea (s. 626.0428(4)(a), F.S.)
Cambio del agente a cargoSurte efecto con la notificación al departamento, que debe darse dentro de los 30 días siguientes al cambio (s. 626.0428(4)(c), F.S.)
Expiración de la licencia de agencia sin agente a cargo designadoSi no se designa reemplazo dentro de los 30 días permitidos y el incumplimiento continúa 90 días, la licencia de la agencia expira automáticamente el día 91 desde que el agente a cargo terminó la vinculación (s. 626.0428(4)(f), F.S.)
Exención del empleado administrativo sin licenciaTrabajo administrativo asalariado a tiempo completo con toma incidental de solicitudes, cotizaciones o recibo de primas en consultas entrantes en la oficina, sin comisión y sin compensación ligada a la producción (s. 626.0428(1), F.S.)
Dos límites duros para el personal de agencia sin licenciaNo puede vincular cobertura ni iniciar contacto con persona alguna para solicitar seguros, salvo que tenga licencia y nombramiento (s. 626.0428(2) y (3), F.S.)
Límites del representante de clientesNada de seguro de vida ni ninguna línea para la que el agente o agencia que lo nombra no esté licenciado; empleado asalariado cuya compensación no se base principalmente en comisiones; no puede transar fuera de la oficina del agente o agencia que lo nombra (s. 626.7354, F.S.)
Presentación de nombre ficticio o comercialDeclaración escrita del nombre, la dirección de cada oficina que lo usa y el nombre y número de seguro social de cada oficial y director, presentada dentro de los 30 días siguientes a la primera transacción bajo ese nombre; cambios dentro de 30 días (s. 626.541, F.S.)
Responsabilidad personal del oficial, director o accionista de una agenciaPersonal y plenamente responsable por actos ilícitos, mala conducta o violaciones al código del licenciatario o de cualquiera bajo su supervisión y control directos; sin exposición penal ni disciplinaria salvo que haya cometido el acto personalmente o haya sabido o debido saber (s. 626.734, F.S.)
Curso de actualización de educación continuaUn curso de actualización de 4 horas cada 2 años específico de una licencia poseída, de un proveedor aprobado por el departamento; era de 5 horas antes del cap. 2019-140, Leyes de Florida (s. 626.2815(3), F.S.)
Horas electivas de educación continua por nivel20 electivas, 24 horas totales, nivel estándar; 16 electivas, 20 horas totales, con 6 años o más de licencia; 6 electivas, 10 horas totales, con 25 años o más de licencia y siendo CLU o CPCU o con licenciatura o más en administración de riesgos o seguros con 18 o más horas semestre de seguros (s. 626.2815(3)(a)-(c), F.S.)
Educación continua del representante de clientesEl representante de clientes que no sea agente licenciado de vida o salud completa un mínimo de 6 horas cada 2 años (s. 626.2815(3)(d), F.S.)
Educación continua y nombramientosEl cumplimiento es condición previa a la emisión, continuación, reinstalación o renovación de cualquier nombramiento (s. 626.2815(4), F.S.)
Aviso de cambio de nombre, dirección, teléfono o correo electrónicoAviso escrito al departamento dentro de 30 días; multa de hasta $250 por la primera infracción y, por una posterior, multa de al menos $500 o suspensión o revocación (s. 626.551, F.S.)
Mudarse fuera de FloridaAl licenciatario que traslade fuera del estado tanto su residencia principal como su lugar principal de negocio, el departamento le termina de inmediato la licencia y todos los nombramientos (s. 626.551, F.S.)
Reporte de una acción administrativaCopia de la orden, consentimiento de orden u otros documentos legales pertinentes al departamento dentro de los 30 días siguientes a la disposición final, incluidas acciones de cualquier otro estado o jurisdicción y acciones sobre valores (s. 626.536, F.S.)
Reporte de declaración de culpabilidad o condena por delito graveNo informar por escrito al departamento dentro de 30 días es causal discrecional de disciplina (s. 626.621(10), F.S.)
Conservación de los registros de pólizas del agenteAl menos 5 años después del vencimiento de la póliza, en la oficina o fácilmente accesibles por medios electrónicos o fotográficos, incluidos reportes diarios, solicitudes, endosos de cambio y documentos firmados o iniciados por el asegurado (s. 626.748, F.S.)
Conservación de registros de pago de primasLibros, cuentas y registros relativos al pago de una prima conservados al menos 3 años después del pago (s. 626.561(2), F.S.)
Carácter fiduciario del dinero de primasTodas las primas, primas devueltas y otros fondos pertenecientes a aseguradoras o terceros recibidos en transacciones bajo la licencia son fondos en fideicomiso en calidad fiduciaria, que se rinden y pagan en el curso regular aplicable del negocio; no hay plazo fijo de remesa en días (s. 626.561(1), F.S.)
Requisito de cuenta separadaLos fondos pertenecientes a cada aseguradora para la que el agente no está nombrado, salvo una aseguradora de líneas excedentes, deben mantenerse en cuenta separada y no mezclarse (s. 626.561(1), F.S.)
Graduación penal por desviar fondos fiduciarios$300 o menos: delito menor de primer grado. Más de $300 pero menos de $20,000: delito grave de tercer grado. $20,000 a menos de $100,000: segundo grado. $100,000 o más: primer grado (s. 626.561(3), F.S.)
Tope de negocio controladoLa licencia se usa principalmente para negocio controlado si, durante cualquier período de 12 meses, las comisiones u otra compensación por riesgos propios, de familiares o de negocios en los que se tiene interés exceden el 50 por ciento de las comisiones y compensación agregadas de todas las coberturas procuradas por o a través del licenciatario (s. 626.730, F.S.)
Quién puede compartir una comisiónSolo otros agentes nombrados y licenciados para escribir la misma clase o clases de seguros, o un representante de clientes; nunca una corporación salvo que sea una agencia de seguros; la violación conlleva revocación (s. 626.753, F.S.)
Cuotas por referidos a personas sin licenciaProhibidas cuando el pago depende de algún modo de si el referido resulta en la compra de un producto de seguros; la agencia de seguros es la excepción y no hay umbral en dólares (s. 626.112(8), F.S.)
Límite de obsequios de publicidad y promoción$100 o menos por asegurado o prospecto en cualquier año calendario, incluidas contribuciones caritativas en su nombre; $25 solo para agentes, agencias y aseguradoras de seguro de título (s. 626.9541(1)(m), F.S.)
Condiciones del rebating lícito de comisiónDisponible para todos los asegurados de la misma clase actuarial; cronograma presentado a la aseguradora, aplicado uniformemente, exhibido de forma prominente a la vista del público en el lugar de negocio con copias gratuitas a solicitud y conservado 5 años; la aseguradora no debe prohibir el rebating; sin factores discriminatorios (s. 626.572, F.S.)
Práctica desleal de ajuste: afirmar o negar la coberturaNo afirmar ni negar la cobertura total o parcial y, en cobertura parcial, el monto o alcance, o no entregar declaración escrita de que la reclamación está bajo investigación, a solicitud escrita del asegurado dentro de los 30 días siguientes a completarse las declaraciones de prueba de pérdida (s. 626.9541(1)(i)3.e., F.S.)
Pago de beneficios de propiedad de primera parte no disputadosDentro de los 60 días siguientes a que la aseguradora reciba aviso de una reclamación de propiedad residencial, determine los montos y acepte la cobertura, salvo impedimento por factores fuera de su control; eran 90 días antes de la SB 2-A (cap. 2022-271, Leyes de Florida, sesión especial de diciembre de 2022) (s. 626.9541(1)(i)4., F.S.)
Alterar el informe de un ajustadorAlterar o enmendar el informe de un ajustador sin explicación detallada de los cambios, listado completo de ellos e identidad de cada persona que los ordenó, o sin conservar todas las versiones; añadido por el cap. 2023-172, Leyes de Florida (s. 626.9541(1)(i)3.j., F.S.)
Multas generales por prácticas comerciales deslealesHasta $12,500 por infracción no intencional y $100,000 por intencional; las multas contra una aseguradora topan en agregados de $50,000 no intencional y $500,000 intencional por infracciones derivadas de la misma acción (s. 626.9521(2), F.S.; eran $5,000 / $40,000 / $20,000 / $200,000 antes del 1 de julio de 2023)
Sanciones por twisting y churningDelito menor de primer grado, más multa administrativa de hasta $12,500 no intencional y hasta $187,500 intencional, donde la cifra intencional exige conducta fraudulenta (s. 626.9521(3)(a), F.S.; eran $5,000 y $75,000 antes del 1 de julio de 2023)
Sanción por firma fraudulentaPresentar intencionalmente firmas fraudulentas en una solicitud o documento relacionado con la póliza es delito grave de tercer grado más multa administrativa de hasta $187,500 por infracción (s. 626.9521(3)(b), F.S.)
Prácticas desleales durante una emergencia declaradaHasta $25,000 por infracción no intencional y $200,000 por intencional relacionadas con una pérdida cubierta causada por una emergencia declarada por el Gobernador; agregados para aseguradoras de $100,000 y $1 millón derivados de la misma acción (s. 626.9521(3)(c), F.S.)
Tope agregado para multas de twisting, churning y firmas$125,000 por todas las infracciones no intencionales y $625,000 por todas las intencionales derivadas de la misma acción (s. 626.9521(3)(d), F.S.; eran $50,000 y $250,000 antes del 1 de julio de 2023)
Multa administrativa contra un licenciatario individualHasta $500, o hasta $3,500 si se halla mala conducta intencional o violación intencional, y puede aumentarse por cualquier comisión recibida en relación con la transacción (s. 626.681(1), F.S.)
Multa administrativa contra una agencia de segurosHasta $10,000 por infracción (s. 626.681(2), F.S.)
Plazo para pagar una multa administrativaEl departamento puede conceder un plazo razonable no mayor de 30 días; si no se paga, la licencia o el nombramiento quedan suspendidos, revocados o rehusados (s. 626.681(3), F.S.)
Período máximo de suspensiónEl departamento debe especificar el período y no puede exceder 2 años; la reinstalación requiere presentar y que se apruebe una solicitud, y una segunda suspensión puede exigir educación continua prescrita (s. 626.641(1), F.S.)
Nueva solicitud tras la revocaciónNo se puede solicitar otra licencia o nombramiento dentro de los 2 años siguientes a la fecha de efectividad de la revocación, o dentro de los 2 años siguientes a la orden judicial final que la confirme si se buscó revisión judicial (s. 626.641(2), F.S.)
Prohibiciones permanentes tras la revocaciónRevocación por la causal de negocio controlado de la s. 626.611(1)(l); revocación en dos ocasiones separadas; o revocación derivada de la solicitación o venta de un producto de seguros a una persona de 65 años o más (s. 626.641(2) y (3), F.S.)
Qué no puede hacer un licenciatario suspendido o revocadoNo puede realizar ni pretender realizar ninguna transacción o negocio para el que se requiera licencia o nombramiento, ni ser empleado por ningún agente, agencia, ajustador o firma de ajuste; dar servicio a cuentas existentes también cuenta (s. 626.641(4), F.S.)
Restitución ordenada por el departamentoProcede cuando exista cualquier causal de suspensión, revocación o negativa, pagadera a quien fue privado de dinero por apropiación indebida, conversión o retención ilícita, y no puede exceder el monto involucrado (s. 626.692, F.S.)
Prohibición permanente por historial penalDelito grave de primer grado, delito capital, delito grave con lavado de dinero, delito grave de malversación, o delito grave directamente relacionado con el negocio de servicios financieros (s. 626.207(2), F.S.)
Períodos descalificantes por historial penal15 años para delitos graves con vileza moral fuera de la prohibición permanente; 7 años para todos los demás delitos graves; 7 años para delitos menores directamente relacionados con el negocio de servicios financieros o con una violación del Código de Seguros de Florida (s. 626.207(3), F.S.)
Cuándo empieza un período descalificanteCon la liberación final de supervisión o el cumplimiento de la sentencia penal, con todas las multas y restituciones pagadas, no en la fecha de la condena (s. 626.207(5), F.S.)
Suspensión temporal inmediata ante una imputación por delito graveAl recibir información o una acusación formal, el departamento debe suspender de inmediato y temporalmente la licencia o el nombramiento cuando al licenciatario se le imputa un delito grave enumerado en la s. 626.207(2), F.S. (s. 626.611(2), F.S.)
Sanción por violar una orden de cese y desistimientoHasta $50,000 respecto de todos los asuntos determinados en la audiencia, más suspensión o revocación del certificado de autoridad, la licencia o la elegibilidad (s. 626.9601, F.S.)
Graduación del fraude de seguros por valor de la propiedad involucradaMenos de $20,000: delito grave de tercer grado. $20,000 a menos de $100,000: segundo grado. $100,000 o más: primer grado (s. 817.234(11), F.S.)
Declaración de advertencia de fraude requeridaTodos los formularios de reclamación Y las solicitudes deben llevar una declaración aprobada por la Oficina de Regulación de Seguros advirtiendo que presentar a sabiendas información falsa, incompleta o engañosa con intención de dañar, defraudar o engañar a una aseguradora es delito grave de tercer grado; se exceptúa el reaseguro (s. 817.234(1)(b), F.S.)
Aviso de recurso civilUn aviso escrito de 60 días en el formulario del departamento, presentado ante el departamento y transmitido por él a la dirección de correo designada por la aseguradora, es condición previa; no procede acción si se pagan los daños o se corrigen las circunstancias dentro de los 60 días siguientes a que la aseguradora lo reciba (s. 624.155(3), F.S.)
Aviso de recurso civil y avalúoNo puede presentarse un aviso de recurso civil dentro de los 60 días siguientes a que cualquier parte invoque el avalúo en una reclamación de propiedad residencial (s. 624.155(3)(f), F.S.)
Puerto seguro del asegurador de responsabilidadNo procede acción de mala fe si la aseguradora ofrece el menor entre los límites de la póliza y el monto exigido dentro de los 90 días siguientes a recibir aviso efectivo de la reclamación con evidencia suficiente; añadido por el cap. 2023-15, Leyes de Florida (s. 624.155(4), F.S.)
Negligencia y mala feLa mera negligencia por sí sola no basta para constituir mala fe, y la falta de buena fe del propio asegurado o reclamante puede reducir los daños; añadido por el cap. 2023-15, Leyes de Florida (s. 624.155(5), F.S.)
Puerta de entrada a la mala fe en seguros de propiedadNo procede reclamación extracontractual bajo la s. 624.155(1)(b) derivada de una póliza de propiedad hasta que una adjudicación adversa de un tribunal establezca el incumplimiento y se dicte sentencia final; el pago de un laudo de avalúo o una oferta de sentencia aceptada no cuentan (s. 624.1551, F.S.)
Estatutos derogados de honorarios de abogado en una sola víaLas ss. 627.428 y 626.9373, F.S., fueron derogadas por el cap. 2023-15, Leyes de Florida, con vigencia desde el 24 de marzo de 2023, y ninguna aparece en los Estatutos de Florida vigentes. El reemplazo, la s. 86.121, F.S., concede honorarios solo con una sentencia declarativa tras una negación total de cobertura y no aplica a ninguna acción derivada de una póliza de propiedad residencial o comercial
Pago de una transacción acordadaOfrecer el pago a más tardar 20 días después de alcanzada la transacción; de lo contrario, intereses al 12 por ciento anual desde la fecha del acuerdo, y si el pago se condiciona a un finiquito, los intereses corren desde que se entrega el finiquito firmado (s. 627.4265, F.S.)
Coerción de deudores por prestamistasUn prestamista no puede exigir que el seguro requerido se negocie a través de una aseguradora, agente o corredor determinados, rechazar una póliza solo porque el emisor no está asociado a una institución financiera, ni imponer un cargo separado por manejo o sustitución; los criterios de desaprobación deben ser razonables y aplicarse uniformemente (s. 626.9551, F.S.)
Horario de solicitaciónIniciar contacto de venta en persona o por teléfono después de las 9 p. m. o antes de las 8 a. m., hora local del prospecto, salvo que este lo haya solicitado, es causal discrecional de disciplina (s. 626.621(17), F.S.)

Pruébese

Aquí no hay respuestas a propósito — recordarlas es la práctica. Si alguna lo detiene, practique ese dominio.

  1. Nombre los cuatro miembros de la Comisión de Servicios Financieros, diga cuántos votos afirmativos se requieren para que actúe, y señale qué dos oficinas encabeza y qué regula cada una.
  2. Enumere las cuatro cosas que cuentan como realizar transacciones de seguros bajo la s. 624.10(5), F.S., y explique por qué una persona sin licencia que nunca firma nada y nunca cobra igual realizó una transacción.
  3. Dé las tres etiquetas de domicilio de las aseguradoras y las dos de autorización, e indique cuáles pueden ser ciertas de la misma aseguradora al mismo tiempo.
  4. Indique las tres rutas de prelicencia para la licencia 2-20 de líneas generales, cuántas horas de ética exige la ruta de curso, y hasta cuándo hacia atrás puede alcanzar la actividad calificante.
  5. ¿Qué designación exime del examen escrito al solicitante de líneas generales, cuál no, y qué puede exigir aún el departamento a un solicitante exento?
  6. Diga el mes de renovación del nombramiento para una persona natural y para una entidad, la duración del ciclo, quién presenta la renovación y quién paga la cuota por presentación tardía.
  7. Una entidad nombradora termina un nombramiento. Dé los tres plazos que siguen, a quién se debe cada uno, y qué hace inaplicable el primero de ellos.
  8. Indique las tres condiciones que permiten a una sucursal operar sin licencia propia de agencia, el requisito de licencia del agente a cargo, y qué ocurre el día 91 después de que ese agente se va sin reemplazo designado.
  9. Dé el requisito completo de educación continua para un licenciatario de 3 años, uno de 9 años y uno de 26 años que posee un CPCU, desglosado en horas de actualización y horas electivas.
  10. Nombre los dos períodos de conservación de registros del Código de Seguros, el conjunto de registros que cubre cada uno y el evento desde el cual corre cada reloj.
  11. Indique los cuatro niveles penales por desviar fondos fiduciarios de primas, y diga qué efecto tiene en el análisis la intención del licenciatario de reponer el dinero.
  12. Dé la prueba de negocio controlado, incluyendo el período de medición, qué se mide y el porcentaje, y diga qué pasa con la licencia futura si una revocación se basa en esa causal.
  13. Distinga twisting, churning y sliding por el elemento que define a cada uno, e indique el límite de alcance que mantiene al churning fuera de un caso de propiedad y casualidad.
  14. Indique el límite vigente de obsequios bajo la s. 626.9541(1)(m), F.S., su período de medición, a quién aplica la cifra de $25, y enumere todas las condiciones que impone la s. 626.572, F.S., antes de que un agente pueda rebajar comisión.
  15. Recite las multas vigentes por prácticas comerciales desleales de la s. 626.9521(2), F.S., los agregados para aseguradoras, y las cifras que sustituyeron el 1 de julio de 2023.
  16. Separe la multa administrativa máxima para un licenciatario individual, para una violación intencional de un licenciatario individual, para una agencia de seguros y por violar una orden de cese y desistimiento, nombrando el estatuto de cada una.
  17. Indique el período máximo de suspensión, la prohibición de volver a solicitar tras una revocación, y las tres situaciones que producen prohibición permanente bajo la s. 626.641, F.S.
  18. Enumere las cinco prohibiciones permanentes por historial penal de la s. 626.207(2), F.S., los dos períodos descalificantes del inciso (3), y el evento desde el cual corren esos períodos.
  19. Explique qué debe hacer hoy un reclamante antes de presentar una acción legal de mala fe contra un asegurador de propiedad, nombrando cada puerta añadida en 2022 y 2023 y el requisito que sobrevivió sin cambios.
  20. Dé el plazo y la tasa de interés de la s. 627.4265, F.S., el plazo y las dos cifras de multa de la s. 624.307(10)(b), F.S., y las cifras que cada una sustituyó.

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